REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

…gado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-


Valle de la Pascua, 14 de Diciembre de 2005.-
195º y 146º


De la revisión de los archivos de este Juzgado, se observa que en la presente Querella Interdictal de Amparo no existe pronunciamiento alguno sobre ella, de igual manera se evidencia que dentro de los recaudos consignados con el escrito libelar no consta Justificativo de Testigos que constituya prueba de la presunta perturbación sufrida, es de advertir que tampoco a concurrido ante este Tribunal el demandante a impulsar el juicio, evidenciándose un total desinterés en la causa, por lo que resulta forzoso para este Juzgado no decretar el Amparo solicitado.- Igualmente se ordena notificar al querellante, ciudadano LUPERCIO SOLORZANO ó a su apoderado judicial, ciudadano abogado CESAR JOSE CORDOVA CASTILLO, de la presente decisión y por cuanto los mencionados ciudadanos se encuentran domiciliados el primero en el Caserío San Antonio de Tamanaco, Municipio José Tadeo Monagas del Estado Guárico y el segundo en la población de Altagracia de Orituco, del mismo Municipio, se comisiona suficientemente al Juzgado de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, a quien se le remitirá con oficio el despacho correspondiente con las inserciones conducentes y la respectiva Boleta de Notificación, a fín de que practique la misma, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil.- Y así se decide.-Líbrense Boleta de Notificación, despacho y oficio.-

La Juez Temporal,



La Secretaria,

Se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 14 de Diciembre de 2005, siendo las 9:30 minutos de la mañana, así mismo se libraron Boleta de Notificación, despacho y oficio Nº 708.- Conste.-


La Secretaria,

Exp. Nº 2004-3811-
JJBC/mmm.-