REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 28 de Enero de 2005
194º y 145º

ASUNTO: JL21-P-2000-000005

Por cuanto se desprende de la revisión de las actuaciones que conforman el presente Asunto, instruida contra el ciudadano RODRIGUEZ PARAGUAN RENE CELESTINO, titular de la Cédula de Identidad No. 16.253.926, que según la reforma del Cómputo inserta a los folios ( ) y ( ) del expediente, practicada por este mismo Tribunal por Redención Judicial de la pena otorgada a favor del reo, el mismo cumple definitivamente la pena que le fuere impuesta en fecha 29-01-2.005, y en virtud de que en tal fecha no habrá despacho en este Tribunal de Ejecución por corresponder a un día sábado, es por lo que, a los fines de no perjudicar al penado con la prolongación de su reclusión más allá de lo establecido, este Juzgado ACUERDA DECLARAR la libertad plena del ciudadano RODRIGUEZ PARAGUAN RENE CELESTINO, titular de la Cédula de Identidad No. 16.253.926, en esta fecha inmediata anterior, por Cumplimiento Definitivo de la Pena a la que fue condenado, haciendo la observación de que dicha libertad se hará efectiva al cumplirse el día y la hora que corresponden, es decir, el 29-01-2.005; En consecuencia, se ORDENA oficiar lo conducente a la Dirección de la Penitenciaria General de Venezuela, anexando la correspondiente Boleta de Excarcelación. Notifíquese al penado, informándole de la sujeción a la vigilancia de la autoridad a la que quedará sujeto. Notifíquese igualmente al Fiscal Noveno de Ejecución del Ministerio Público del Estado Guárico, y al Defensor Público Penal Primero de esta Circunscripción Judicial. Líbrense oficios informando lo conducente al Jefe del Departamento de Ejecución y Sanciones Penales, e igualmente particípese acerca de la Sujeción a la Vigilancia a la Prefectura del Municipio José Felix Ribas, jurisdicción donde tiene fijada su residencia el ciudadano antes mencionado. Cúmplase. - -


La Juez de Ejecución No. 01,



Abog. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ,
La Secretaria,

Abog. INES RODRIGUEZ.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo previsto en el Auto que antecede.-


La Secretaria,