…gado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.-
Valle de la Pascua, 19 de Enero de 2005.-
194° y 145°
Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido íntegramente el lapso fijado para que la parte actora subsanara los defectos u omisiones que presenta su libelo tal como consta en el auto de fecha 13 de Enero del 2.005 (folio 43), se niega la admisión de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 214 Primer Aparte del Decreto con Fuerza de Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.-
La Juez Suplente Especial,
La Secretaria,
En ésta misma fecha se dejó copia certificada de la presente decisión en este Tribunal en el día de hoy, 19 de Enero del 2.005, siendo las 11:00 de la mañana.-Conste.-
La Secretaria,
Exp. Nº 2005-3923.-
Cora.-