REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL. EXTENSIÓN SAN JUAN DE LOS MORROS.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL ESTADO GUARICO
San Juan de los Morros, 28 de febrero del 2005
194º y 145º
ASUNTO. JJ01-P-2003-000060
FISCAL: FISCALIA PRIMERA DEL MINISTERIO PÚBLICO
IMPUTADO: GREGORI RAFAEL SOJO
VICTIMA: NOVEIDA VALERA
DEFENSOR: DANIXA ESPAÑA
DECISIÓN: CON LUGAR SOLICITUD
Visto el escrito interpuesto por la Defensor Pública Abogada DANIXA ESPAÑA, en su carácter de defensor del ciudadano GREGORI RAFAEL SOJO; mediante el cual solicita a este Tribunal, alargue los intervalos de presentaciones cada sesenta (60) días.
Procede este Juzgado, a estudiar la viabilidad de la solicitud, para lo cual al respecto observa:
En revisión del Iuris 2000 de este Circuito Judicial Penal, sobre el cumplimiento de presentaciones por ante este Tribunal del ciudadano GREGORI RAFAEL SOJO se constató que el mismo cumple con la condición de presentación ante este Circuito Judicial Penal; cada treinta (30) días, y por cuanto ha cumplido a cabalidad la condición impuesta por este Tribunal de Control, tal como se verificó, y por no ser contrario a derecho, este Tribunal acuerda extender el régimen de presentaciones periódicas, cada sesenta (60) días por ante Circuito Judicial Penal del Estado Guarico con sede en San Juan de los Morros.
Por todo ello este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial del Estado Guarico con sede en San Juan de los Morros, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara con lugar la solicitud de la defensa a favor de GREGORI RAFAEL SOJO, titular de la Cedulad e Identidad N 16.363.761. Notifíquese. Cúmplase.
LA JUEZ,
DORELIS VELASQUEZ.
LA SECRETARIA,
MARIELA LOPEZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA