Realizada la revisión al presente asunto en relación al cumplimiento de la sanción que le fue impuesta en fecha 27/07/2004, al joven adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, previa la admisión de los hechos, por el Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Adolescentes de este Estado, el cual lo sanciono con medida de Libertad Asistida, prevista en el articulo 620 literal “d”, consistente en presentaciones mensuales ante la Unidad de Servicio Social de esta sección penal, por el lapso de seis (6) meses.- Así mismo cabe destacar que una vez ejecutada la decisión y realizado el computo respectivo se estableció que la misma culminaría el 27/01/2005.- Ahora bien de los autos que conforman el asunto se pudo constatar el cumplimiento de la sanción impuesta por constancias recibidas de la Unidad de Trabajo social, consignadas que corren a los folios 102,107, 109, 113 y 117.- Este Tribunal para Decidir observa: al constatarse la fecha de culminación de la sanción y el fiel cumplimiento de las obligaciones que fueron impuestas y las condiciones propuestas, procedente y ajustado a derecho decretar la Cesación del asunto al joven: IDENTIDAD OMITIDA(adolescente al momento de ocurrir los hechos). por cumplimiento de la sanción todo de conformidad con el articulo 645, 646 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente y las consecuencias penales del mismo .Así se decide.
DISPOSITIVA

Por lo que antecede, este Juzgado Primero de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Estado Guárico, con sede en San Juan de Los Morros, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente Pronunciamiento, Único: Se Decreta: la cesación de la sanción impuesta al joven: IDENTIDAD OMITIDA, conforme a lo establecido en los dispositivos 645,646 y 647 literal “h” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. Archivese y déjese copia de la presente decisión. Cúmplase.-
LA JUEZ,


CARMEN E MALDONADO
LA SECRETARIA