REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Decisión N° 15
Asunto N° JP01-R-2005-000104
Imputados: Guillermo José Suárez Beltrán y Carlos Alirio Rodríguez Palencia
Víctima: Pablo Ricardo Palacios Enrique (occiso)
Delito: homicidio intencional voluntario
Motivo: Recurso de apelación contra auto
Ponente: Miguel Ángel Cásseres González
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I
El Juzgado 2° de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, el 31 de marzo de 2005, dictó decisión interlocutoria donde negó la orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Fiscal contra el imputado Carlos Alirio Rodríguez Palencia (folios 7 y 8).
La señalada providencia ordenó notificar a las partes, siendo notificada la víctima el 18 de abril de 2005, en la audiencia de diferimiento del reconocimiento que en rueda de individuos, realizaba el señalado órgano delatado (folios 1 y 2).
Sin entrara a analizar la extemporaneidad del acto recursivo, es necesario por la pertinencia del caso, ponderar la cualidad de la víctima para recurrir de la señalada interlocutoria, requisito sine qua non que establece el artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal en su letra “a”.
Dentro de la normatividad adjetiva que establece el señalado compendio procesal sobre las facultades de la víctima, no se encuentra la de impugnar actos interlocutorios, que no sea aquel por medio del cual se dicta el sobreseimiento de la causa (artículo 120 ordinal 8° eiusdem). En consecuencia, inexistiendo esa cualidad en el impugnante, su accionar debe ser declarado inadmisible como en efecto se hace.
II
Dispositiva
La Corte de Apelaciones Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara, inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Yunni Eduardo Palacios Herrera, contra el auto del Juzgado 4° de Control de este Circuito, del 31 de marzo de 2005, que negó la aprehensión del ciudadano Carlos Alirio Rodríguez Palencia. Se funda la presente decisión en el artículo 437 letra “a” del Código Orgánico Procesal y artículo 120 eiusdem. Así se decide. Notifíquese a las partes. Diarícese. Déjese copia. Bájese la incidencia al órgano de origen.
El Juez Presidente,
Rafael González Arias
La Juez,
Fátima Caridad Dacosta
El juez (Ponente),
Miguel Ángel Cásseres González
La Secretaria,
Esmeralda Ramírez
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Esmeralda Ramírez