REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros, 1 de julio de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : JL01-P-2001-000067
ASUNTO : JL01-P-2001-000067

PENADO: JOSE GREGORIO RANGEL CARRASQUEL.

RESOLUCIÓN: NEGANDO SOLICITUD DE BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO Y ORDENANDO TRÁMITES PARA REDENCIÓN DE LA PENA.-

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Visto el resultado del examen psico-social practicado al penado JOSE GREGORIO RANGEL CARRASQUEL, ampliamente identificado en autos, presentado en informe remitido a este Tribunal por la Lic. Ana María Jordán de Maneiro, Coordinadora del Centro de Evaluación y Diagnóstico de la Dirección General de Custodia y Rehabilitación del Recluso del Ministerio de Interior y Justicia, en el que se señala como pronóstico para el penado, que: “…. carece ce autocrítica, es reincidente, muestra poca disposición a modificar patrones de conducta inadecuados….”, por lo que la opinión del equipo técnico evaluador es “DESFAVORABLE”, al otorgamiento del beneficio de Régimen Abierto solicitado por la Defensora Público Penal en fase de Ejecución Abg. Angela Román, este tribunal NIEGA la solicitud de la defensa en relación al precitado beneficio; y con respecto a la solicitud de tramitación de redención judicial de la pena por el trabajo y el estudio, ordena oficiar a la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de la Penitenciaría General de Venezuela a los fines de solicitarle se estudie la posibilidad de practicar redención de la pena al reo de marras, en el caso que hubiere realizado algún tipo de trabajo o cursado estudios durante su permanencia en ese recinto carcelario. Ofíciese lo conducente. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA 2º DE EJECUCIÓN

MARIA ANTONIETA SCOTT DE BRITO

EL SECRETARIO


ABG. MARCO AURELIO DOMINGUEZ



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libaron los oficios Nº______________ y la Boletas de Notificación Nº__________________________.



EL SECRETARIO