REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 29 de Julio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2002-000030
ASUNTO : JL21-P-2002-000030

Por recibido y visto oficio N° 5150-05, de fecha 18 de Julio de 2005, procedente del Director de la Penitenciaria General de Venezuela, mediante el cual informa que el penado Villarroel Rosal Daniel José, a quien este tribunal le otorgo el beneficio de destacamento de Trabajo, en fecha 07-06-05, salio a laborar el día 14-07-2005, y no ha reingresado al centro de reclusión, declarándolo evadido, es por lo que este Tribunal de Ejecución N° 01, actuando en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara, Primero: REVOCA el Beneficio de Destacamento de Trabajo otorgado por auto de fecha 07-06-05, por incumplimiento de las obligaciones impuestas y en consecuencia ORDENA la captura del penado: VILLARROEL ROSAL DANIEL JOSE, titular de la Cédula de Identidad No. 14.856.925, venezolano, natural de Carupano, Edo. Sucre, soltero,obrero, hijo de MIGDALIA DE VILLARROEL y de JOSE VILLARROEL, residenciado en el Barrio Playa de Sal, Sector El Matadero, casa S/N, Carúpano Edo. Sucre, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 512 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo cual se ordena librar oficios al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Valle de la Pascua, al Comandante de la Zona Policial N° 02, de esta Ciudad, y al Comisario Jefe del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub-Delegación Cumana, Estado Sucre, remitiéndoles anexo al mismo la correspondiente Boleta de Encarcelación. Igualmente librese oficio al Director del Internado Judicial de San Juan de los Morros, informándole de la orden de captura dictada en contra del penado y boleta de notificación al Fiscal 9° del Ministerio Publico y a la Defensora Publico Penal II, Abg. Thaymid González de Camero, Librense los Oficios correspondientes, boletas de notificaciones. Cúmplase.-
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01



ABOG. INÉS MAGGIRA FIGUEROA DE RODRÍGUEZ

LA SECRETARIA


ABG. MERLY VELÁSQUEZ