Quien suscribe en mi condición de Juez Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, ME INHIBO de conocer la causa signada con el Nº JP01-S-2004-001374 referida a la AUDIENCIA DE PRESENTACIÓN del asunto penal incoado contra GERARDO ALBERTO GODOY, conforme a lo pautado en el artículo 86 ordinal 7º en concordancia con el artículo 87 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto emití opinión en el proceso penal con conocimiento de ella como Juez Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, en el cual impuse medida cautelar sustitutiva de libertad, por considerarlo incurso en el hecho investigado, acompaño resolución en referencia, situación esta que afecta mi objetividad, y me lleva a la necesidad de inhibirme en la presente causa, con respecto a el principio de transparencia, imparcialidad y objetividad que exige el juicio previo y el debido proceso, considerando ser un motivo suficiente, por lo que solicito a esa Corte de Apelaciones que la misma sea declara con lugar por estar fundamentada en causa legal. Por todo lo anteriormente expuesto, ME INHIBO de conocer.
Regístrese, remítase el presente asunto a la Oficina de Alguacilazgo para que sea distribuido a un Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal con sede en San Juan de los Morros, de conformidad con lo establecido en el artículo 94 COPP y 48 de la Ley Orgánica del Poder judicial y fórmese cuaderno especial, a los fines que se resuelva la inhibición el cual estará formado por la presente acta y las demás copias en que se fundamente la presente inhibición. Asimismo se enviará a la referida Corte de Apelaciones para que se decida la presente incidencia, Notifíquese a las parte y ofíciese lo conducente.
LA JUEZ

DORELIS VELASQUEZ

LA SECRETARIA

FROIBER RODRIGUEZ