REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CALABOZO.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO - CALABOZO


EXPEDIENTE N° 6678-05

Vista la INHIBICIÓN formulada por el Doctor ISAÍAS HERNÁNDEZ PÉREZ, en su carácter de JUEZ TITULAR DEL TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS FRANCISCO DE MIRANDA, CAMAGUÁN Y SAN GERÓNIMO DE GUAYABAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, presentada en diligencia de fecha 31 de marzo de 2005, ante la Secretaria Titular de dicho Tribunal, en el Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue YVAN FRANCISCO HERRERA contra OFELIA DE BARRERA, manifestando que se Inhibe de conocer de la presente causa por cuanto el abogado WILFREDO MARTINEZ DOMÍNGUEZ, actúa en la causa como Co-Apoderado de la parte demandada, se encuentra comprendido con su persona en una de las causales de Recusación prevista en el Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil en la causa signada con el Número 2030-03 de la nomenclatura llevada por ese Tribunal en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES seguido por DIEGO VERA contra DANIEL VENTURI ARIZA, en la cual se produce el agravio que motivó su inhibición con fundamento en el Numeral 15 del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.-

En fecha 07 de junio de 2005, se recibieron las actuaciones, se acordó darle entrada y seguir el curso de Ley.-

El Tribunal siendo la oportunidad legal para decidir, de conformidad con lo establecido en el Artículo 89 del Código de Procedimiento Civil, se procede a ello en los términos siguientes: