REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2002-000025
ASUNTO : JL21-P-2002-000025
PENADO: LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ
MOTIVO: REFORMA DEL COMPUTO POR REDENCION
Practicada como ha sido la Redención Judicial de la Pena por DIEZ (10) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS, por auto de fecha 30 de mayo 2005, a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros, al cual se le impuso mediante Sentencia Definitivamente Firme y Ejecutada, la pena de DIEZ (10) AÑOS de Presidio por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en los artículos 408 ordinal 1°, y 426, ambos del Código Penal, este Tribunal acuerda de Oficio la corrección del respetivo Cómputo, de conformidad a lo establecido en los artículos 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, y a tal efecto se observa:
PRIMERO: Que el penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ fue detenido en fecha 02-08-2000, permaneciendo en reclusión hasta el día de hoy inclusive, habiéndosele practicado nuevo computo por redención en fecha 26 de Junio 2003, fecha en la cual le fueron redimidos UN (01 ) AÑO, TRES (03 ) MESES DE LA PENA impuesta , lo cual sumado a DIEZ (10) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS redimidos, da un total de tiempo de detención de SEIS (06 ) AÑOS , ONCE (11) MESES, TRECE (13) DIAS Y DOCE (12 ) HORAS, lo que significa que le falta por cumplir TRES (03 ) AÑOS, DIECISEIS (16 ) DIAS Y DOCE (12 ) HORAS, terminando de cumplir la pena en fecha 29-06-2008, a las 12:00 m.-
SEGUNDO: Igualmente el prenombrado ciudadano fue condenado a cumplir las penas accesorias de presidio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 13 del Código Penal, las cuales se especifican a continuación:
a) INHABILITACIÓN POLÍTICA: Durante el tiempo que dure la pena, es decir, DIEZ (10) AÑOS, que se cumplirán el día 29-06-2008, a las 12:00 m.-
b) INTERDICCIÓN CIVIL: Durante el tiempo que dure la pena, es decir, DIEZ (10) AÑOS, que se cumplirán el día 29-06-2008, a las 12:00 m.-
c) LA SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: Por una cuarta parte del tiempo de la condena, desde que ésta termina, vale decir, DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES, la cual finalizará el día 29-12-2011.
TERCERO: De la misma forma y conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ podría solicitar los Beneficios que establece la ley:
a) DESTACAMENTO DE TRABAJO: al cumplir ¼ parte de la pena, que es igual a DOS (02) AÑOS y SEIS (06) MESES, que se cumplirán en fecha 02-11-2000 a las 12m.
b) RÉGIMEN ABIERTO: cumplida 1/3 de la pena, que es igual a TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES, que se cumplirán en fecha 02-09-2001, a las 12:00 m.-
c) LIBERTAD CONDICIONAL: que corresponde al haber cumplido las 2/3 partes de la pena, que es igual a SEIS (06) AÑOS, que se cumplirán en fecha 02-05-2004, a las 12:00 m.-
d) CONFINAMIENTO: al cumplir las ¾ partes de la pena, que es igual a SEIS (06) AÑOS y CUATRO (04) MESES que se cumplirán en fecha 02-09-2004 a las 12:00 m.-
CUARTO: Notifíquese de la reforma del correspondiente Cómputo al Director del Internado Judicial con sede en San Juan de Los Morros, a la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de la Penitenciaria General de Venezuela, al Jefe del Departamento de Ejecución y Sanciones Penales y al penado, remitiéndoles copia certificada de la decisión y del presente Cómputo.-
QUINTO: Notifíquese al Fiscal de la Ejecución de la Sentencia del Ministerio Público del Estado Guárico, y a la Unidad de Defensoría Público Penal de esta Circunscripción Judicial.-
SEXTO: Líbrense oficios al presidente del Consejo Nacional Electoral y al Director de la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería, notificándoles de la Redención y Reforma de Cómputo. Cúmplase.- - -
La Juez de Ejecución,
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
La Secretaria,
ABG. MERLY VELASQUEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo previsto en el Auto que antecede.-
La Secretaria,
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº _______-05.-
CIUDADANO (A):
DIRECTOR DEL INTERNADO JUDICIAL
SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUÁRICO.
SU DESPACHO.-
Adjunto al presente oficio, y constante de cuatro (04) folios útiles, remito a usted copias debidamente certificadas por la Secretaría de este Tribunal de la Redención Judicial de la Pena y la Reforma del Cómputo a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455.-
Remisión que le hago para su debido conocimiento y demás fines legales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº ________-05
CIUDADANO (A):
DIRECTOR DE LA JUNTA DE REHABILITACIÓN LABORAL Y _
EDUCATIVA DE LA PENITENCIARIA GENERAL DE VENEZUELA
SAN JUAN DE LOS MORROS, ESTADO GUÁRICO.
SU DESPACHO.-
Adjunto al presente oficio, y constante de cuatro (04) folios útiles, remito a usted copias debidamente certificadas por la Secretaría de este Tribunal de la Redención Judicial de la Pena y la Reforma del Cómputo a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455.-
Remisión que le hago para su debido conocimiento y demás fines legales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
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PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº ________-05
CIUDADANO (A):
JEFE DEL DEPARTAMENTO DE EJECUCIÓN Y SANCIONES_
PENALES DE LA DIRECCIÓN DE PRISIONES DEL _
MINISTERIO DEL INTERIOR Y JUSTICIA.
CARACAS, DISTRITO CAPITAL
SU DESPACHO.-
Adjunto al presente oficio, y constante de cuatro (04) folios útiles, remito a usted copias debidamente certificadas por la Secretaría de este Tribunal de la Redención Judicial de la Pena y la Reforma del Cómputo a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455.-
Remisión que le hago para su debido conocimiento y demás fines legales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº ________-05.-
CIUDADANO (A):
PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL.
CARACAS, DISTRITO CAPITAL
SU DESPACHO.-
Hago de su conocimiento que este Tribunal, por Auto de esta misma fecha y de conformidad a lo establecido en los artículos 3° y 6° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio y el artículo 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, practicó Redención Judicial de la Pena por DIEZ (10) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros; e igualmente realizó la reforma del respetivo Cómputo, extrayéndose de tal reforma que el penado terminará de cumplir la pena en fecha 29-06-2008.-
Notificación que se hace para su debido conocimiento y demás fines legales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
| REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº ________-05.-
CIUDADANO (A):
DIRECTOR DE LA OFICINA NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y EXTRANJERÍA
CARACAS, DISTRITO CAPITAL
SU DESPACHO.-
Hago de su conocimiento que este Tribunal, por Auto de esta misma fecha y de conformidad a lo establecido en los artículos 3° y 6° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio y el artículo 482 último aparte y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, practicó Redención Judicial de la Pena por DIEZ (10) MESES, DOS (02) DÍAS y DOCE (12) HORAS a favor del penado LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros; e igualmente realizó la reforma del respetivo Cómputo, extrayéndose de tal reforma que el penado terminará de cumplir la pena en fecha 29-06-2008.-
Notificación que se hace para su debido conocimiento y demás fines legales.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 13 de Junio de 2005
194º y 145º
ASUNTO: JL21-P-2002-000025
OFICIO Nº _________-05.-
CIUDADANO (A):
OFICINA DE ALGUACILAZGO DE ESTE_
CIRCUITO JUDICIAL PENAL.
VALLE DE LA PASCUA, ESTADO GUÁRICO
SU DESPACHO.-
Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de solicitarle obtener 03 juegos de copias fotostáticas del Auto de Redención Judicial de la Pena y el correspondiente Cómputo redimido, insertos a los folios del ( ) al ( ) de la segunda pieza del expediente instruido en contra del ciudadano LUIS SALVADOR GARCIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad No. 10.984.455, ello a los fines de su remisión a los diferentes Organismos competentes-
Solicitud que le hago a los fines legales consiguientes.-
DIOS Y FEDERACIÓN
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
JUEZ DE EJECUCIÓN
"1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR
SIMON BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”