ASUNTO: JJ01-P-2000-000004
ASUNTO ANTIGUO 2C-344-00
ACUSADO: DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL
VICTIMA: ESTADO VENEZOLANO


Corresponde a este Tribunal verificar el total cumplimiento de las obligaciones impuesta, a los fines de decidir en relación al sobreseimiento de la causa de conformidad con lo señalado en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal VIGENTE al año donde ocurrieron los hechos; al respecto toma en consideración lo señalado en el artículo 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para la época de decidir, el cual dispone: “Los actos y hechos cumplidos bajo la vigencia del Código anterior, y sus efectos procesales no verificados todavía, se regirán por ésta última, a menos que el presente código contenga disposiciones más favorables”, y siendo que en este caso la Suspensión Condicional del Proceso fue concedida con la vigencia del Código Orgánico Procesal Penal parcialmente derogado, el cual disponía que una vez que el juez verificará el cumplimiento de las condiciones por parte del acusado, decretaría el sobreseimiento, es por lo que éste Tribunal pasa a decidir, sin necesidad de realizar la audiencia oral a que se contrae el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal en vigencia, para lo cual se deja asentado lo siguiente.
Se inició investigación mediante levantamiento de ACTA policial donde se constata la aprehensión de los ciudadanos DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL Y GONZALEZ CABEZA GILVE, incautándole un saco de carne de venado caramerudo, tal como consta de la experticia realizada, así como una escopeta marca Stevens modelo casir, calibre 12.
Estos hechos permitieron que la Fiscal Tercera del Ministerio Público del Estado Guarico Abogado MATILDE STABILE, presentará el día 22-10-2000 Acusación contra de DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL, por el delito de CAZA Y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 59 DE LA Ley Penal del Ambiente en concordancia con el artículo 278 del Código Penal.
En fecha 17-11-2000, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Estado Guarico, dictó decisión mediante la cual acordó la Suspensión Condicional del proceso al ciudadano DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL, por el delito de CAZA Y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 59 DE LA Ley Penal del Ambiente en concordancia con el artículo 278 del Código Penal, previa admisión de los hechos ocurridos en fecha 29-04-2000, cuando fue aprehendido en compañía de otro ciudadano portando un arma de fuego y un saco contentivo de carne de venado, que luego de practicar las experticias correspondientes se verificaron el ilícito penal, calificando la vindicta publica los hechos como CAZA Y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 59 DE LA Ley Penal del Ambiente en concordancia con el artículo 278 del Código Penal, tal como lo fundamento en su acusación la cual fue admitida totalmente por este Tribunal en su oportunidad legal; siendo el régimen de prueba otorgado por el lapso de DOS (02) años, e impuso al mismo el cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 39 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, consistentes en : 1º) Presentaciones cada treinta días por ante la prefectura donde habita.
A los autos se constata el cumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal al ciudadano DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL. Es por ello que cumplidas como han sido las condiciones impuesta, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, decreta el Sobreseimiento de la presente causa, conforme a lo dispone en los artículos 553 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y el Art. 45, 48 ORDINAL 7 Y 318 ORIDNAL 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal derogado. Y así se declara y se decide:
D I S P O S I T I V A
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta el siguiente pronunciamiento:
DECRETA EL SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano DELFIN BARRETO JOSE RAFAEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.437.240 por el delito de CAZA Y DESTRUCCION EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 59 DE LA Ley Penal del Ambiente en concordancia con el artículo 278 del Código Penal; conforme a lo pautado en los artículos 553 del Código Orgánico Procesal Penal y el Art. 45, 48 ordinal 7 y 318 ordinal 3 todos del Código Orgánico Procesal Penal derogado, y en consecuencia decreta la Extinción de la acción penal, a tenor de lo pautado en los artículos 48 ordinal 7º y 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en consecuencia decreta el cese de las medidas cautelares impuesta al ciudadano antes identificado. Regístrese, publíquese y notifíquese lo decidido. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias Número 01 del Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros, a los Treinta días del mes de mayo del año Dos Mil Cinco. Años 194º de la Independencia y 145º de la Federación.-
LA JUEZ

DORELIS VELASQUEZ
La Secretaria,

FROIBER RODRIGUEZ

En esta misma fecha, se notificó a las partes mediante boletas.