PENADO: ORLANDO JOSE GUTIERREZ.
RESOLUCION: AUTO DECLARANDO CONCLUIDO EL CASO POR CUMPLIMIENTO DE PENA.
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Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente asunto penal signado con el Nº JL01-I-2005-000002, y vistas las comunicaciones dirigidas a este tribunal en fechas 02 de febrero y 24 de febrero de 2005, emanadas de la Prefectura del Municipio Juan Gérman Roscio y de la Dirección de la Penitenciaria General de Venezuela respectivamente, las cuales rielan a los folios del presente asunto, donde se determina que el penado ORLANDO JOSE GUTIERREZ, indocumentado, cumplió correctamente con las presentaciones impuestas por este despacho siendo la ultima de las presentaciones el día 3 de febrero de 2005, este tribunal observa:
Por cuanto el penado ciudadano: ORLANDO JOSE GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº (indocumentado), fue sentenciado a cumplir la pena de dieciséis (16) años, nueve (09) meses diez (10) días de presidio, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE TENTATIVA, por el suprimido Juzgado Décimo Noveno Penal del Distrito Federal (causa Nº 5647), y por cuanto en fecha 21 de febrero de 2000, este Juzgado le acordó el beneficio de CONFINAMIENTO, fijando su residencia en la Calle Bicentenario, casa Nº 19, San Juan de Los Morros, en tanto de las comunicaciones supra indicadas, se puede evidenciar que el penado CUMPLIO FAVORABLEMENTE CON LA MEDIDA ACORDADA.
Es por lo anteriormente expresado que este Tribunal de Primera Instancia Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, DA POR CONCLUIDO el presente asunto penal, signado con el Nº JL01-I-2005-000002., seguido en contra del ciudadano ORLANDO JOSE GUTIERREZ, titular de la cédula de identidad Nº (INDOCUMENTADO), por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE TENTATIVA. En virtud del cumplimiento de pena, Y ASI SE DECIDE. Ofíciese lo conducente a los organismos competentes. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
El Juez,
JORGE PEREZ-GONZALEZ.
El Secretario,
NEIL LINARES
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado, se libraron las respectivas Boletas de Notificación
Sctrio.-
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