República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: Civil
SOLICITUD N° 5.266
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: María Ángeles Hernández de Cabrera
En relación a la solicitud de fecha primero (01) de Marzo del año dos mil cinco (2005), suscrita por la ciudadana: María Ángeles Hernández de Cabrera, de nacionalidad española, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: E-514.178, asistida de abogado; donde solicita en su condición de cónyuge, sea declarada conjuntamente con sus hijos: María Consuelo Cabrera Hernández, Manuel Eduardo Cabrera Hernández, Mary Ángeles Cabrera Hernández y María Milagros Cabrera Hernández, titulares de la cédula de identidad N°: E.169.452, V.8.788.341, V.4.393.828, V.7.282.541, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del difunto Manuel Cabrera Concepción, quien falleció ab-intestato, el día 20 de agosto del año 2.004.
El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este Juzgado, en fecha seis (06) de abril del dos mil cinco (2005), promovido por la mencionada ciudadana, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del Tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana María Ángeles Hernández de Cabrera, conjuntamente con sus hijos, María Consuelo Cabrera Hernández, Manuel Eduardo Cabrera Hernández, Mary Ángeles Cabrera Hernández y María Milagros Cabrera Hernández , arriba identificadas, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del difunto, Manuel Cabrera Concepción y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros a los cinco (05) de Mayo del dos mil cinco. Año 194° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez temporal
Abg. Luis Enrique Ruiz Reyes
La Secretaria titular
Abg. Marisel Peralta Ceballos
En la misma fecha siendo las 11.00 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión
La Secretaria titular,
LERR/mcc
SOL. N°. 5.266
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