En el dìa de hoy, 10 de Mayo de 2005, siendo las 2:00 p,m, previa habilitaciòn del Tribunal por el tiempo necesario, se trasladò y constituyò el Juzgado Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda Camaguan y San Geronimo de Guayabal de la Circunscripciòn Judicial del Estado Guàrico, con la presencia de la parte Actora Felix Maria Sandoval Acosta titular de la C.I.NºV-17.602.970, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Luis Antonio Rangel Inpreabogado Nº 60.294, en el Inmueble sin Nùmero ubicado en la Calle Principal de Guamachito de èste Municipio Francisco de Miranda del Estado Guàrico, a los fines de practicar Medida de Embargo Preventivo ordenado en la presente Comisiòn Nº 165-2005, emanado del Juzgado Segundo de los Municipios, sede Calabozo. Presente en este acto la Ciudadana Erika Margarita Lopez Diaz titular de la C.I.NºV-11.795.110, quien fue notificada de la misiòn del Tribunal y manifesto su voluntad de permitir el acceso al mismo. Seguidamente el tribunal pasa a designar como Depòsitario Judicial al Ciudadano Josè Hugo Chacòn de conformidad con lo dispuesto en el Artìculo 539 del Còdigo de Procedimiento Civil, y como Perito Avaluador a la Ciudadana Sol Liliana Martinez, venezolanos, mayores de edad y titulares de las C.I.Nros V-1.559.057 y V-8.634.497, respectivamente, a quienes se les concediò el Derecho de palabra y expusieròn:”Aceptamos el cargo recaido en nuestras personas y juramos cumplir bien y fielmente con las funciones encomendadas por la Ley. En este estado interviene la pate actora asistida de Abogado y expone: “Señalo para que sea Embargado en este acto un Transformador de 15 KWA, Marca Servitrav; Un Trompo para batir Mezcla Color Amarillo con su motor: Un Compresor color rojo y amarillo sin motor, es todo.”Acto seguido el Tribunal visto el señalamiento formulado por la parte actora, DECLARA EMBARGADO PREVENTIVAMENTE, los bienes muebles antes señalados y plenamente identificados. A continuaciòn la Perito designada presenta su informe de la manera siguiente: “Hago del conocimiento al Tribunal que los bienes Embargados se encuentran en el estado siguiente: Un Transformador de Corriente Marca Servitran de 15 KW, serial 5044045 se observa que el mismo està sin uso; Un Compresor sin serial visible de color rojo y amarillo y se encuentra dañado, un Trompo para batir Mezcla, color amarillo sin serial visible, posee motor y se desconoce su funcionamiento, es por lo que se valora en su totalidad en la cantidad de Tres Millones de Bolivares aproximadamente (Bs. 3.000.000), es todo. “En este estado el Tribunal hace Entrega y pone en posesiòn al Depositario Judicial Josè Hugo Chacòn de los bienes Embargados, quien estando presente manifiesta que los recibe conforme a los fines del traslado de los mismos al Depòsito repectivo, a los efectos de la guarda y custodia de Ley. En este estado el Tribunal ordena regresar a su sede natural siendo las 4:00 hora de la tarde. En este estado interviene la parte actora y expone: Por cuanto el monto Embargado no cubre la totalidad del monto a Embargar me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad del demandado hasta cubrir dicha cantidad, es todo. En este estado el Tribunal dejando constancia que se encontraba custodiado por los efectivos Dtgdo Dakar Palma Salazar C.I. NºV-12.585.546, y el Cabo Segundo Alexis Benaventa C.I.NºV- 11.795.147, adscritos al Destacamento Nº 65, de la Guardia Nacional de la Repùblica Bolivariana de Venezuela, quienes dan fè de todo lo actuado en el presente acto, es todo, terminò, fue leido y conformes firman. La Juez . Abg. Hildamar Robles Bujanda (fdo) firma ilegible. La parte Actora y su Abogado Asistente (fdos) firmas ilegible. El Depositario (fdo) firma ilegible. El Perito (fdo) firma ilegible. Los Efectivo de la Guardia Nacional (fdos) firmas ilegibles. Alguacil (fdo) firma ilegible. La Secretaria Yelitza Flores Osto (fdo) firma ilegible.
|