Republica Bolivariana de Venezuela
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN CEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 5626
MOTIVO: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE (s): SORIS DEL CARMEN FLORES COLMENARES y ANTONIO MARÍA PÉREZ SILVA
En relación a la solicitud de fecha 25 de octubre del año 2005, suscrita por los ciudadanos: Soris del Carmen Flores Colmenares y Antonio María Pérez Silva, venezolanos, mayores de edad, divorciados, hábiles en derecho, domiciliados en esta ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico, titulares de las cédulas de identidad Nros: V.2.521.345 y V.2.511.098, respectivamente, asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio Regulo José Carrizalez Alvarado, e inscrito en el Inpreabogado Nº: 94.277, donde solicitan en su condición de padres, sean declarados como Únicos y Universales Herederos del de-cujus Edmundo Antonio Pérez Flores, quien falleció ab-intestato el día 16 de marzo del año 2005, en el Centro Medico Docente Los Altos de Carrizal del Estado Miranda. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencias y evacuadas por ante este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, promovidas por los mencionados ciudadanos, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara con lugar la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara conforme a los autos a los ciudadanos: Soris del Carmen Flores Colmenares y Antonio María Pérez Silva, en su condición de padres, antes identificados, como Únicos y Universales Herederos, del difunto Edmundo Antonio Pérez Flores, quien falleció ab-intestato, el día 16 de marzo del año 2005, según acta N°: 30, folio 30, de fecha 31 de marzo del año 2005. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros, a los veinticuatro (24) días del mes de noviembre del año dos mil cinco (2005). Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
El Juez Temporal,
La Secretaria Titular,
Abg. Santiago Restrepo Pérez
Abg. Marisel Peralta Ceballos.
En la misma fecha siendo las 11: 00 a.m., se público, se registro y se dejo copia de la anterior decisión.
La Secretaría Titular,
SRP/mcc
Sol. N° : 5626
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