REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico
San Juan de los Morros, dieciséis de noviembre de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: JP31-L-2005-000136
Visto el anterior libelo de demanda, interpuesto por la ciudadana: MARIA DE LOS ANGELES ARREAZA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº- 9.890.641, asistido por la abogada, ZENIA CACERES GARCIA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 57.316, por Cobro de Prestaciones Sociales en contra de “ALCALDIA DEL MUNICIPIO JUAN GERMAN ROSCIO DEL ESTADO GUARICO”, este Juzgado observa: Que en el presente asunto se ventilan intereses que inciden en la relación de empleo público de función municipal, pues la accionante, se desempeñaba en los siguientes cargos: Directora de Administración y Finanzas, Jefe de Tesorería, Jefe Encargada de la División de Administración y Finanzas, en el Ejecutivo Municipal. En consecuencia y de acuerdo al criterio reiterado de la Sala de Casación Social, tal como se sostiene en sentencia de fecha 18-07-2.002, con ponencia del Magistrado OMAR ALFREDO MORA DIAZ, la competencia para conocer de la acción propuesta por la mencionada funcionaria, le corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, en tal sentido, se DECLINA LA COMPETENCIA y se ordena la remisión del expediente en la oportunidad correspondiente al referido Tribunal. Remítase mediante oficio al Tribunal antes señalado, una vez transcurrido el lapso para que las partes interpongan el recurso de Regulación de Competencia correspondiente. Así se resuelve. Publíquese y déjese copia autorizada.
LA JUEZ,
ABG. LORIANDY LOZADA PERALTA.
LA SECRETARIA,
ABG. NINOLYA SUAREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria
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