DECISIÓN N° 01

CAUSA: JP01-R-2005-000181
IMPUTADO: YORLENI MARCANO, DARWIN RAMON CARRILLO DANIELS, RAMON ALBERTO VALOR HERRERA, CARLOS ALBERTO HERRERA Y MARILIN DEL VALLE MARTINEZ HERRERA.
MOTIVO: APELACION CONTRA AUTO.
PONENTE: RAFAEL GONZALEZ ARIAS


Las presentes actuaciones suben hasta esta Corte de Apelaciones en virtud del recurso de de apelación interpuesto por el Abg. Luís Antonio Rangel, actuando en su condición de defensor de los ciudadanos Yorleni Marcano, Darwin Ramón Carrillo Daniels, Ramón Alberto Valor Herrera, Carlos Alberto Herrera y Marilin del Valle Martínez Herrera, contra la decisión de fecha 30/08/2005, dictada por el juez de control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de tomar declaración a los ciudadanos Fernando Javier Flores García y Gabriel Vicente Toro.

INADMISIBILIDAD DEL RECURSO

A los folios 1 al 5, cursa el escrito que contiene el recurso de apelación. Al folio 6, consta el comprobante de recepción de dicho escrito en la unidad de recepción y distribución de documentos del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, en el cual se evidencia que la acción recursiva fue ejercida el día 15-09-2005.

Al folio 36, cursa el cómputo del término legal para ejercer la acción recursiva contra la decisión de fecha 30-08-2005, dictada por el juez de control N° 01 Extensión Calabozo, desprendiéndose que dicho lapso comenzó a correr el día 05-09-2005, y feneció el día 09-09-2005.

De lo expuesto se concluye que la acción recursiva ejercida por el Abg. Luís Antonio Rangel, es extemporánea. Así se declara.

DISPOSITIVA

La Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara inadmisible el recurso de de apelación interpuesto por el Abg. Luís Antonio Rangel, actuando en su condición de defensor privado de los ciudadanos Yorleni Marcano, Darwin Ramón Carrillo Daniels, Ramón Alberto Valor Herrera, Carlos Alberto Herrera y Marilin del Valle Martínez Herrera, contra la decisión de fecha 30/08/2005, dictada por el juez de control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, mediante la cual se declaró sin lugar la solicitud de tomar declaración a los ciudadanos Fernando Javier Flores García y Gabriel Vicente Toro. Todo de conformidad con el Artículo 437 literal “b” del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide. Publíquese. Notifíquese. Déjese copia certificada. Cúmplase
EL JUEZ PRESIDENTE (PONENTE)


RAFAEL GONZALEZ ARIAS

LA JUEZ,


FATIMA CARIDAD DACOSTA
EL JUEZ,


MIGUEL ANGEL CASSERES GONZALEZ

LA SECRETARIA,


ESMERALDA RAMIREZ


En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.


LA SECRETARIA