Con ocasión a la solicitud de extensión de medidas de presentaciones efectuada por el Defensor Público Penal del imputado IRAIMA AURELIA ESPINOZA, individualizados en el presente asunto, 23-01-2005 en fecha llevada por ante la Fiscalía Décima Sexta del Ministerio Público, en la que mantiene Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad de presentaciones periódicas cada ocho (08) días ante este Tribunal, desde hace aproximadamente ocho (08) meses, sin que la representación Fiscal haya presentado acto conclusivo de la investigación, este Tribunal, luego revisar el sistema computarizado Iuris 2000, donde se constata el cumplimiento de las presentaciones por parte de dicho imputado, este Tribunal, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda extender dichas presentaciones a cada DIEZ (10) DIAS ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, manteniéndose la medida cautelar en contra de dicho imputado e instándose al Ministerio Público a tomar en cuenta lo previsto en el artículo 313 ejusdem, que lo obliga a concluir la averiguación en un lapso perentorio. Notifíquese el presente auto y en su oportunidad legal, remítanse las actuaciones a la Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ,


ABG. YAJAIRA MORA BRAVO

LA SECRETARIA,

ABG. REBECA MANZANARES