Con ocasión a la solicitud de extensión de medidas de presentaciones efectuada por el Defensor Público Penal del imputado GARCIA JULIO AGUSTIN, individualizados en el presente asunto, 30-12-2004, en fecha llevada por ante la Fiscalía Auxiliar Tercera del Ministerio Público, en la que mantiene Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad de presentaciones periódicas cada Quince (15) días ante este Tribunal, desde hace aproximadamente NUEVE (09) meses, sin que la representación Fiscal haya presentado acto conclusivo de la investigación, este Tribunal, luego revisar el sistema computarizado Iuris 2000, donde se constata el cumplimiento de las mismas por parte de dicho imputado, este Tribunal, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 282 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda extender dichas presentaciones a cada TREINTA (30) DIAS ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, manteniéndose la medida cautelar en contra de dicho imputado e instándose al Ministerio Público a tomar en cuenta lo previsto en el artículo 313 ejusdem, que lo obliga a concluir la averiguación en un lapso perentorio. Notifíquese el presente auto y en su oportunidad legal, remítanse las actuaciones a la Fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
LA JUEZ,


ABG. YAJAIRA MORA BRAVO

LA SECRETARIA,

ABG. REBECA MANZANARES