REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUARICO
Tribunal Segundo de Ejecución
San Juan de los Morros, 14 de octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2003-000935
ASUNTO : JP01-S-2003-000935

PENADO: PEDRO EUGENIO AVILA
RESOLUCIÓN: ACORDANDO PERMISO TRANSITORIO.


Vista la solicitud recibida en este Tribunal suscrita por el Director del Internado del Internado Judicial “Los Pinos” de esta ciudad, en cuanto a la autorización por parte de este despacho, para que el penado PEDRO EUGENIO AVILA, titular de la cédula de identidad Nº 11.366.976, asista al Centro Penitenciario de Santa Ana, Estado Táchira, desde el 17 al 22 de noviembre del presente año a participar en los I Juegos Deportivos Bolivarianos Penitenciarios, los cuales organiza la Coordinación Nacional de Deporte Penitenciario del Ministerio de Interior y Justicia; este tribunal pasa a resolver sobre la base de las consideraciones siguientes:

El ordinal 1º del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal señala la competencia que tienen los jueces de ejecución en todo lo que se refiere a la libertad del penado, por su parte el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, consagra que el Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Asimismo, atendiendo al principio de Progresividad que rige nuestro proceso penal, las leyes deben interpretarse en la medida que favorezcan al ciudadano y procuren un desenvolvimiento sostenido con fuerza extensiva de sus derechos fundamentales, es por lo que quien aquí decide considera que lo más pertinente y ajustado a derecho es acordar como en efecto se acuerda el permiso solicitado, con la señalación expresa que deberá ser trasladado con todas las seguridades del caso y debidamente custodiado durante le desarrollo del evento, así como en su retorno al Internado judicial Y ASI SE DECIDE.-
Ofíciese lo conducente. Cúmplase
LA JUEZA 2º DE EJECUCIÓN



MARÍA ANTONIETA SCOTT DE BRITO


LA SECRETARIA



ABG. MAGGIRA MECIA



En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.



LA SECRETARIA