República Bolivariana de Venezuela.
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico.
ACTUANDO EN SEDE: Civil
SOLICITUD N° 5541
MOTIVO: Únicos y Universales Herederos
SOLICITANTE: Robert Odans Torres Medina

Por solicitud de fecha 11 de julio de 2.005, suscrita por el ciudadano Robert Odans Torres Medina, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.665.880, asistido de abogado, donde solicita en su condición de hijo, sea declarado conjuntamente con su hermano Jhorsman Rafael Torres Medina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.888.090, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” de su madre fallecida Carmen Evelia Medina Vásquez, quién murió ab-intestato el día 18 de junio de 2.005, en la ciudad de Villa de Cura del Estado Aragua. El tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas por ante este juzgado, promovidos por el solicitante, y visto asimismo el edicto librado y publicado por orden del tribunal, donde se hizo un llamado a todas aquellas personas que pudieran tener interés directo o indirecto en las resultas de las actuaciones, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Únicos y Universales Herederos y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos Robert Odans Torres Medina y Jhorsman Rafael Torres Medina, arriba identificados, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la fallecida Carmen Evelia Medina Vásquez. Y así se decide. Expídase copia certificada de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico. En San Juan de los Morros a los veinte (20) días del mes de octubre del año dos mil cinco. Año 195° de la Independencia y 146° de la Federación.

El Juez temporal,

Abg. Santiago Restrepo Pérez
La Secretaria titular,

Abg. Marisel Peralta Ceballos

En la misma fecha siendo las 1.40 p.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.


La Secretaria titular,










IGE/lp
SOL. N°. 5541