REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA TRÁNSITO, TRABAJO Y AGRARIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

…gado de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la circunscripción Judicial del Estado Guárico.

Valle de la Pascua, 04 de Octubre de 2005
195º y 146º

Por presentada la anterior demanda constante de cinco (5) folios útiles y recaudos anexos constante de veintiún (21) folios útiles.- Désele entrada y fórmese expediente.
Vista la demanda por Querella Interdictal de Amparo, introducida por el ciudadano abogado JOSE A. CASTILLO SUAREZ en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos: PABLO OVIEDO SOLORZANO, FRANCISCO JAVIEL MORONTA MEDRANO, JOSE VICENTE DELGADO MOYA, RAMON ALBERTO BETANCOURT TORRES, CARLOS ALBERTO PEREZ RADA, RAFAEL MARIA CASTILLO, MIGUEL RAMON CASTILLO RODRIGUEZ, HERNANDEZ TOVAR JOSE TOMAS, SALCEDO PABLO MARCELINO, TORREALBA PALACIOS RAFAEL OSCAR, CARVAJAL JOAQUIN EMILIO, SANCHES ALIS RAFAEL, MARRERO CANDIDO JOSE, GUEVARA DAMAZO ALBERTO, GUEVARA JESUS GREGORIO, MATILDE DOMINGA MARTINEZ DE PEREZ, OCTAVIO D’ ENJOY ARANA, JOSE GOMEZ, JOSE MANUEL LORETO HERNANDEZ, JUSTO JESUS TENERIA RODRIGUEZ, AGUSTINA PEÑA DE MARTINEZ, MARIA MARCELINA OROPEZA ARMAS, YAUDE RAFAEL CASTILLO JIMENEZ , JUAN RAFAEL FLORES FLORES. sobre una extensión de terreno de CUATROCIENTAS HECTAREAS (400 has), aproximadamente ubicadas en la Parroquia Parapara, Sector conocido como Mata de Bejuco, en el Municipio Juan Germàn Roscio del Estado Guarico en el texto del libelo se observa que los ciudadanos antes mencionados demandan a los siguientes ciudadanos: LINA GORNES R., Coronel CARLOS JOSE HERRERA, para ser citado este ultimo en la Comandancia General de la Guardia Nacional en Caracas, COMANDANTE DE LA POLICÍA DEL ESTADO GUARICO A TRAVÉS DEL PROCURADOR DEL ESTADO, sin indicar nombre alguno, y al DIRECTOR DE LA OFICINA REGIONAL DEL I.N.T.I., GUARICO sin mencionar nombre alguno.
De igual modo se observa que no indico los linderos ni generales ni específicos del área que desea le amparen.
Ahora bien siendo que nos encontramos en un Interdicto de Amparo previsto en el Art. 700 del Código de Procedimiento Civil, correspondería en este caso decretar o no el Amparo. En atención a lo previsto en el articulo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariano de Venezuela, este Juzgado aplicando por analogía el articulo 210 en su segundo parágrafo de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, insta a la parte solicitante para que dentro del lapso de tres (3) días de despacho siguientes al de hoy aclaren los siguientes puntos los cuales presentan ambigüedad y oscuridad: Indicar en el caso del Coronel CARLOS JOSE. HERRERA, del Comandante de Policía del Estado Guarico y el Director del I.N.T.I., si la demanda se dirige como particular o hacia las Instituciones que representan, de igual modo los nombres completos de los demandados, por otro lado deberá indicar los linderos como antes se expreso del lote de terreno el cual pretende se le ampare.
En caso que no subsane en el tiempo establecido o esta subsanación no satisfaga las ambigüedades u oscuridades presentadas se negara la demanda.

La Juez Temporal,


La Secretaria,

En esta misma fecha se le dio entrada a la presente causa, quedando anotado bajo el Nº 2005-3977, se dejo copia certificada de la presente decisión en este Tribunal y se publicó en el día de hoy, 04 de Octubre del 2005, siendo las 2:00 de la tarde.- Conste.-


La Secretaria,
Exp. Nº 2005-3977.
mmm.-