REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros
Sección Penal del Adolescente
San Juan de los Morros, 6 de Octubre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : JP01-D-2005-000278
ASUNTO : JP01-D-2005-000278
JUEZ: ABG. MARITZA G. DE TORREALBA.
ADOLESCENTE: (Identidad Omitida)
VICTIMA: YUDIRA COROMOTO CUMARÍN
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.

Vista la solicitud presentada por la Representación Fiscal, en el sentido que se Decrete el Sobreseimiento Definitivo de la causa, seguida al ciudadano (Identidad Omitida) , por uno de los delitos Contra las Personas, en perjuicio de la ciudadana Yudira Coromoto Cumarín, conformidad con lo establecido en el literal “d” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el ordinal 2º del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, esté Tribunal para decidir deja sentado los hechos.
DE LOS HECHOS
La presente averiguación se inició, en fecha 30 de Enero de 1.998, mediante denuncia interpuesta por ante el extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial, Delegación Estado Guarico, por la ciudadana Yudira Coromoto Cumarin, en la cual manifestó “ acudo ante este despacho, con la finalidad de denunciar al menor (Identidad Omitida) , quien me causo lesiones en la mano izquierda y en la espalda … (f 01 vto) Auto mediante el cual se acuerda abrir la correspondiente averiguación (f 03)Declaración rendida por la ciudadana Ainara Lisbeth Leal Salazar (f 09vto)Examen médico practicado a Cumarin Yadira Coromoto del cual se desprende que sufrió Lesiones de carácter Grave( f 14vto) Examen médico practicado a Ainara Lisbeth Leal Salazar del cual se desprende que sufrió Lesiones de carácter Levísimo(f 15) Declaración rendida por la adolescente Salazar Yoalvis (f 24 vto )Declaración rendida por Marín Milagros del Rosario (f 34 vto)Inspección ocular practicada en el sitio del suceso (f 08 vto) Acta policial (f 09 vto) Acta policial (f 12)Declaración rendida por adolescente (Identidad Omitida) (f 21 vto y 22)Declaración rendida por el adolescente ante el extinto Tribunal de Menores (f 34 vto) Informe preliminar enanado del Instituto nacional del Menor ( 35 al 38) Escrito presentado por el Fiscal del Ministerio Publico del Estado Guarico, mediante el cual Solicita el Sobreseimiento Definitivo de la causa de conformidad con lo Establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el literal “d” del articulo 561 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (f 52 al 54).

DERECHO
El Articulo 561, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, establece: “Fin de la investigación: Finalizada la investigación, el Fiscal del Ministerio Público deberá: literal “d”… Solicitar el Sobreseimiento Definitivo si resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción
Articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Sobreseimiento. El sobreseimiento Procede Cuando.
2.- El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o no punibilidad.
Este Juzgador tomando en consideración las normas anteriormente analizadas la considera procedente, como consecuencia de ello decreta el Sobreseimiento Definitivo de la causa seguida la ciudadana Yoalvis Salazar, siendo ésta la decisión a imponer en la parte Dispositiva de la Presente Resolución.

DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas anteriormente, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Adolescentes del Estado Guárico, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la Causa, por uno de los delitos contra las Personas, a la Ciudadana, (Identidad Omitida). SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente causa al archivo de esta sección penal, en su oportunidad legal a objeto de que sea archivada como pieza concluida. Todo de conformidad con lo previsto, en el literal “d” del Artículo 561 Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y el Articulo 8 Ejusdem, que establece el interés superior del adolescente en concordancia con el ordinal 2º del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Regístrese. Notifíquese a las partes. Déjese copia certificada de la presente Decisión. Cúmplase.
Dada. Firmada y Sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Control de la Sección Penal del Adolescente del Estado Guárico, a los Seis (06) días del mes de octubre de 2005.-

La Juez,

Abog. Maritza García de Torrealba.
La Secretaria,

Tibisay Mendoza