ASUNTO PRINCIPAL: JJ01-P-2001-000082
IMPUTADO: ROBERT GREGORIO TOVAR HERNANDEZ
VICTIMA: JOSE RAMON LANZA MAESTRE
SOLICITANTE: DANIXA ESPAÑA
FISCAL TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO

Visto el escrito interpuesto por el defensor publico penal abogado DANIXA ESPAÑA, con fundamento con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.
Procede este Juzgado, a estudiar la viabilidad de la solicitud, para lo cual al respecto observa:
En audiencia oral, la defensora Pública Penal, solicito la presentación del acto conclusivo del proceso penal que se le sigue a su representado ROBERT GREGORIO TOVAR HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad N 17.353.445, por considerar que ha transcurrido más de seis meses de su individualización por el delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 del Código Penal. Por su parte el Ministerio Público señalo, aun faltan diligencia por practicar, por lo que solicita del Tribunal le conceda el lapso de quince a treinta días para la presentación del acto conclusivo.
Este Tribunal Segundo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guarico, en base a lo previsto en el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, y dada la circunstancia expuesta por el Ministerio Público para alcanzar el fin del proceso, acuerda fijar el plazo de treinta días al Fiscal Tercero del Ministerio Público a los fines de presentar el acto conclusivo del presente asunto penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal. En San Juan de los Morros a los diecinueve días del mes de septiembre del 2005.
LA JUEZ,

DORELIS VELASQUEZ LA SECRETARIA

FROIBER RODRIGUEZ.