REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 12 de Septiembre de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2000-000137
ASUNTO : JL21-P-2000-000137

Por recibido y visto escrito presentado por ante este Tribunal por la Defensora Pública Penal segunda, Abg. Thaymid González de Camero, en el cual solicita la Libertad Plena de su representado el penado RIVERO MOLFESE OMAR VICENTE, por cumplimiento de la pena impuesta la cual afirma finalizó el día 09-09-2005. Este Tribunal a los fines de decidir sobre lo peticionado observa que por auto de fecha 01-11-2004, le fue revocado al penado el beneficio de confimaniento por incumplimiento de las obligaciones, tal como consta al folio 146 del auto, en el mismo se hizo constar que la fecha se cumplimiento de la condena impuesta es el día 08-10-2005 a las 10:00 a.m.; tal como igualmente se desprende del Cómputo Ejecutorio cursante a los folios (48) del presente asunto. Habiéndose hecho la salvedad al final del referido auto de revocatoria del beneficio por revocatoria, que la pena finalizaría el día 09-09-2005, lo cual se contradice con el computo de Pena correspondiente al penado el cual aparece como fecha de cumplimiento 08-10-2005 tal como se señalo supra.-
En consecuencia este Tribunal por los razonamientos anteriormente expuestos, actuando en el nombre de la Republica y por autoridad de la Ley decide: NIEGA la libertad plena solicitada por el penado RIVERO MOLFESE OMAR VICENTE Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.434.099, actualmente recluido en la Penitenciaria General de Venezuela, cuyo cumplimiento de la pena corresponde el día 08 de Octubre 2005, tal como se desprende del Cómputo Ejecutorio correspondiente al mismo. Notifíquese al penado, a la Defensora Pública Penal Segunda y al Fiscal Noveno de Ejecución de las Sentencias del Ministerio Público y al Director de la Penitenciaria General de Venezuela. Líbrense las notificaciones ordenadas. Cúmplase.-
La Juez de Ejecución N° 01,


Abg. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
El Secretario,


ABG. RICARDO ALFONZO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo previsto en el auto que antecede.- Conste.-
El Secretario,