REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES Y CHAGUARAMAS

JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LEONARDO INFANTE, LAS MERCEDES DEL LLANO Y CHAGUARAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO.- Valle de la Pascua: Veintiuno de Septiembre de Dos Mil Cinco.-

195° Y 146°

Vista la diligencia que antecede, suscrita por el abogado en ejercicio RUBEN DARIO BOLIVAR CARRASQUEL, con el carácter acreditado en autos, mediante la cuál desiste del procedimiento, el Tribunal la admite y acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia por cuanto la misma no es contraria a derecho, al orden público o a alguna disposición expresa en la ley, y versa sobre derechos disponibles le imparte la correspondiente HOMOLOGACION, ordena la terminación del juicio y el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.- Igualmente se acuerda la devolución de los documentos cursantes a los folios 06 al 16, previa su certificación en autos.- Cumplase.-

La Juez Provisorio.-

Dra. Alejandra Peña de Stewart.-

La Secretaria.-

Abg. Célida Matos.-

APdeS/tm
Expediente No.890.-


“1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR EN EL MONTE SACRO”