REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial Penal de San Juan de los Morros
Sección Penal del Adolescente
San Juan de los Morros, 30 de Septiembre de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JP01-D-2005-000216
ASUNTO : JP01-D-2005-000216
JUEZ: ABG. MARITZA G. DE TORREALBA.
ADOLESCENTE: MIGUEL ANGEL CONTRERAS
VICTIMA: MANUEL HERNÁNDEZ GONZALEZ
ORRIBO ORESTE
DECISIÓN: SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.
Vista la solicitud presentada por la Representación Fiscal, en el sentido que se Decrete el Sobreseimiento Definitivo de la causa, seguida al ciudadano Miguel Ángel Contreras, por uno de los delitos Contra la Propiedad, en perjuicio de los ciudadanos Manuel Hernández González y Orribo Oreste, conformidad con lo establecido en el literal “d” del artículo 561 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el ordinal 2º del articulo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, esté Tribunal para decidir deja sentado los hechos.
La presente averiguación se inició, en fecha 09 de Enero de 1.999, mediante denuncia interpuesta por ante el cuerpo de investigaciones Destacamento 28 Cuarto Pelotón de la Guardia Nacional, por el ciudadano Manuel Hernández González, en la cual manifestó “ Yo, el día de ayer por medio un señor a quien no le se el nombre, me dijo que en uno de los potreros y ubicados en la orillas fuera de Libertad de Orituco se encontraba un ganado y no sabia de quien era, pero que estaba numerado y que posiblemente había reses mías, que mandara a realizar las averiguaciones, de inmediato envié a mi encargado junto con un obrero y encontraron un maute con el hierro de mi propiedad cacha piado y estaba presente para ese momento el señor Antonio Sotomayor, quien le dijo a mi encargado que iba a cuidar el maute mientras iba la policía para realizar las averiguaciones y retuvieran el animal, cuando regresó con la policía ya esta persona se había llevado el maute y se había desaparecido del lugar…(f 01,02,03,04) Acta policial (f 07 al 09),Informe de Experticia (f 13 y13)Informe de avaluó real (f 15 al 18) Declaración rendida por el ciudadano Manuel Hernández González (18 y 19) Registros del hierro utilizado para marcar el ganado propiedad del ciudadano Manuel Hernández González (f 22 al 32) Acta Policial (38 al 39) Declaración rendida por el ciudadano Rómulo Antonio Cortez (f 54 al 55)Declaración rendida por el ciudadano José Antonio Ron (f 57 al 58) acta de Deposito Judicial (f 64 al 65)Declaración rendida por el ciudadano Domingo Cabrera Menéndez (70 al 71) Acta Policial (f 74al 75) Declaración rendida por el ciudadano Jesús Rafael Carmaute (f 81 al 82)Acta Policial (f 83y 84) Declaración rendida por el ciudadano Antonio de Sales Juárez Hurtado( f 94al 95) Declaración rendida por el ciudadano José Manuel Tablante (f 139 al 140) Declaración rendida por el ciudadano Arcadio Hernández (f 147al 148) Declaración rendida por el adolescente Miguel Ángel Contreras (f 157 al 158).Solicitud de Sobreseimiento Definitivo Formulada por la Representación Fiscal (f 265 al 267).
Artículo 318. Código Orgánico Procesal Penal. Sobreseimiento. El sobreseimiento procede cuando:
2.- El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o no punibilidad.
Artículo 561.- Fin de la investigación. Finalizada la investigación el Fiscal del Ministerio Publico deberá:
Literal “d” Solicitar el sobreseimiento definitivo si resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción
De acuerdo a lo preceptuado en la normas Jurídicas antes señaladas lo procedente y ajustado a derecho es decreta el Sobreseimiento Definitivo de la Causa seguida al ciudadano Miguel Ángel Contreras.
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas anteriormente, éste Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Adolescentes, del Estado Guárico; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se Declara Con Lugar la solicitud de la Representación Fiscal con respecto al Sobreseimiento Definitivo de la Causa a favor del Ciudadano MIGUEL ANGEL CONTRERAS, quien es venezolano, natural de Altagracia de Orituco, Estado Guárico, soltero, hijo de Nicolás Contreras y Victoria Laya, indocumentado, residenciado en calle El Ganado, casa sin numero, Parroquia Libertad de Orituco, Jurisdicción Altagracia de Orituco, Estado Guárico, todo de conformidad con lo previsto en el literal d” del Articulo 561, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el Ordinal 2° del Artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, SEGUNDO: Se ordena remitir la presente causa al archivo de esta Sección Penal, en su oportunidad legal como pieza concluida. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes. Déjese copia certificada de la presente Decisión. Cúmplase.
Dada. Firmada y Sellada en el Despacho del Juzgado Segundo de Control de la Sección Penal del Adolescente del Estado Guárico, a los treinta (30) días del mes de Septiembre de 2005.-
La Juez,
Abg. Maritza de Torrealba
La Secretaria,
Milagros Ladera
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