REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Cuarto De Primera Instancia De Juicio
Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Guarico
196° y 147°
ASUNTO N° CTCJ-181-06
En el día de hoy, 17 de Abril del año 2006, a las 9:30 horas de la mañana, se apertura la audiencia presidida por el ciudadano Juez JOSE FELIPE MONTES NAVAS, con la asistencia de la Secretaría abogada BEATRIZ M CARRILLO AREVALO, del alguacil ARCADIO CAMACHO y del Técnico Audiovisual Ybrahin Sosa. Constituido el Tribunal Cuarto de Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de da Circunscripción Judicial del Estado Guarico, a los fines de celebrarse Audiencia Oral de Juicio prevista en el artículo 150 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cobro de Prestaciones Sociales que sigue el ciudadano FIDEL ANTONIO DÍAZ APONTE, contra el ciudadano EMILIO VARONA. Se dio por apertura al acto, se dejó constancia de la comparecencia de los Abog. JUAN BAUTISTA AGURRES NAVA y AMERICA JOSEFINA MUJICA, inscritos en el Instituto de Previsión Social de Abogado Bajo los Nros. 8.049 y 99.674, respectivamente en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada y de la incomparecencia de de la parte demandante ni por sí, ni representante judicial alguno a este acto. En este estado el ciudadano Juez, declara: vista la incomparecencia de la parte demandante, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el primer Aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN, en el juicio por Cobro de Prestaciones Sociales, incoado por el ciudadano FIDEL ANTONIO DÍAZ APONTE contra el ciudadano EMILIO VARONA.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA incoado por el ciudadano FIDEL ANTONIO DÍAZ APONTE, contra el ciudadano EMILIO VARONA.
TERCERO: No hay condenatoria en costas, por cuanto no consta en autos que demandante percibiera más de tres salarios mínimos.
Queden notificadas las partes de la presente decisión y siendo las 9:40am, se da por concluida la Audiencia Oral de Juicio con la Firma de la presente acta. Publíquese y regístrese la presente decisión. Déjese copia certificada.
EL JUEZ
JOSÉ FELIPE MONTES NAVAS
JUAN BAUTISTA AGUIRRE y AMÉRICA MÚJICA
Apoderados Judiciales de la Parte demandada
ALGUACIL
ARCADIO CAMACHO
TÉCNICO AUDIOVISUAL
YBRAHIN SOSA
LA SECRETARIA
Abog. BEATRIZ CARRILLO
Exp. CTCJ-181-06
JFMN/BC
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