ASUNTO PRINCIPAL : JP01-S-2004-002002
ASUNTO : JP01-S-2004-002002
Por cuanto este juzgado observa, previo estudio minucioso de las actuaciones, que, el penado LEANDRO ALFREDO PÉREZ MALDONADO, según auto de ejecución de la sentencia definitiva, así como del cómputo de pena que cursa del folio 128 al 130 de la presente pieza, en fecha próxima 05/06/2006, cumple con la cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, a tal efecto, estima este juzgado, que lo procedente y ajustado a derecho es, ACORDAR: la APERTURA DEL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos: 2, 7 y 61, todos de la Ley de Régimen Penitenciario, en concordancia con lo estipulado en los artículos 19 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en ese sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la práctica de las siguientes diligencias:
1. Oficiar a la defensa, y al centro de reclusión donde se encuentra el precitado penado, a fin de que consignen en la presente causa, la respectiva oferta de trabajo.
2. Oficiar a la Coordinación del Centro de Orientación y Diagnóstico de Tratamiento No Institucional del Ministerio del Interior y Justicia del Estado Aragua, con sede en Maracay, a fin de que le sea practicado Informe Psicosocial al precitado penado.
3. Solicitar al sitio de reclusión donde se encuentra recluido el penado, información acerca de su situación jurídica actual, constancia de trabajo y conducta del mismo, y si éste a cometido delito o falta durante el tiempo de reclusión.
4. Oficiar a la División de Antecedentes Penales del Ministerio del Interior y Justicia Caracas, Distrito Capital, a objeto de solicitar los posibles antecedentes penales y probacionarios que el penado pudiera registrar.
5. Oficiar a los otros dos tribunales de ejecución de este mismo Circuito Judicial Penal, a los fines de que informen a este juzgado, si ha dicho penado le fue otorgada con anterioridad y luego revocada cualquier formula alternativa de cumplimiento de pena.
Notifíquese a las partes. Ofíciese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. BEATRIZ JOSEFINA RUIZ MARÍN
EL SECRETARIO,
Abg. MARCO AURELIO DOMÍNGUEZ
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