REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 25 de Abril de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : JL21-P-2001-000046
ASUNTO : JL21-P-2001-000046

Por cuanto fui designado por la Comisión Judicial Suplente Especial del Juzgado de Primera Instancia en función de juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, mediante oficio 1509, de fecha 05-04-2006, en consecuencia me avoco al conocimiento de la presente causa e igualmente revisado el presente asunto se observa que en fecha 05-08-2005, se realizo el acto de informes, pasando la presente causa al estado de dictarse sentencia, se observa igualmente que el referido acto de informes fue realizado por la juez para ese momento Abg. Mirian Baloa De Quijada, por lo que considera este tribunal que a los fines de garantizar el principio de inmediación en el presente proceso debe realizarse nuevamente el acto de informes, a los fines de que el juez que realice el mencionado acto de informes sea quien produzca la sentencia en el presente asunto, todo de conformidad con lo establecido en el articulo 16 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia este Tribunal de Juicio N° 03, acuerda fijar el acto de informes para el día 30-06-2006, a las 9:00 a.m. Notifíquese a las partes y a la victima del contenido del presente auto. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ DE JUICIO NO. 03,


ABOG. ANGEL MONCADO
La Secretaria,

Abog. YULIANI ARRIOJAS,
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
La Secretaria,