REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ TADEO MONAGAS Y SAN JOSÉ DE GUARIBE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO.

195º y 147º

Juez:
PEDRO RUBÉN CALLEJAS REYES
Nº de Expediente:
06-02
Nº de Sentencia:
51
Fecha:
18/04/2006
Titulo de la Sentencia:
ENTREGA MATERIAL
Categoría:
CIVIL
Procedimiento:
ENTREGA MATERIAL
Partes:
COOPERATIVA SAN JOSE 19031 R. L. contra ASCENCION ARAGORT

Texto de la Sentencia:

En el Despacho del día de hoy dieciocho de Abril del dos mil seis, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.) y habilitado como está el tiempo necesario, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios José Tadeo Monagas y San José de Guaribe de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en un inmueble ubicado en la prolongación de la calle Chapaiguana de la población de Altagracia de Orituco, constituido por un galpón industrial de seiscientos setenta y dos metros cuadrados (672 mts), constituido sobre una parcela de terreno Municipal, alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa que es o fue de la profesora Sanders; SUR: Cerca propiedad de Ascensión Aragort y galpón de los hermanos Rodríguez; ESTE: Terrenos Municipales; y OESTE: Galpón que es o fue de Armando García, a los fines de hacer la entrega material del presente inmueble conforme a lo ordenado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en el Juicio que sigue la “Cooperativa San José 19.031 R. L.” contra el ciudadano Ascensión Aragort. Se encuentra presente en este acto el ciudadano: Arturo Hernández, abogado en ejercicio, e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 18.803, apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano: Ascensión Aragort. Acto seguido el Tribunal Ejecutor de Medidas procede a hacer entrega del bien inmueble donde se encuentra constituido, a la Cooperativa San José 19031 R. L., cuyos linderos y demás especificaciones constan en la presente comisión, entrega material que se hace en la persona de su presidente ciudadano: Richards J. Hernández G., titular de la Cédula de Identidad Nº 11.367.123. Se ordena agregar a los autos previa certificación por Secretaría el instrumento poder consignado por el abogado Arturo Hernández, donde consta la representación que ejerce de los ciudadanos: Ascensión Aragort y Josefina Estanga de Aragort. Cumplida su misión el Tribunal da por concluido el acto y ordena el regreso a su sede ordinaria, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) Terminó, se leyó y conformes firman.- El Juez. Abg. PEDRO RUBEN CALLEJAS REYES. Apoderado de la parte actora: Abg. Arturo Hernández. Representante legal de la Requirente: Richards J. Hernández G. El Secretario: Antonio M. Nádales B.-