REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE
JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN


Caracas, 01 de Agosto de 2006
196° y 147°


AUDIENCIA PARA CESAR AL JOVEN-ADULTO

En el día de hoy, martes primero (01) de Agosto del año dos mil seis, siendo las once y veinte (11:20) horas de la mañana, se procede a realizar la Audiencia de Cesación de la medida de Libertad Asistida al Joven-adulto (IDENTIDAD OMITIDA). En este estado la ciudadana Dra. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO., en su carácter de Juez Cuarto en función de Ejecución, solicita a la ciudadana secretaria Abg. LEYLING SANTAELLA, se sirva verificar la presencia de las partes, quien hace constar que se encuentran en la sala de Audiencias el Joven-adulto (IDENTIDAD OMITIDA), la ciudadana defensora pública N° 06 Dra. LEANNY BELLERA, la ciudadana representante del Ministerio Público (A), Fiscal 117°, Dra. NELLY BUENO y la LIC. TRAVIS MARCANO delegada adscrita a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente No Privado de Libertad. Seguidamente la ciudadana Juez declara abierto el acto y notificó a los presentes de la formalidad y seriedad de la presente audiencia. La ciudadana Juez hace una serie de consideraciones relativas a la presente audiencia, le indica al adolescente que él suscribió un Plan de Acción en el cual se estableció metas, diga cómo ha sido su evolución. Seguidamente se impone al joven adulto en cuestión del artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ordinal 5°, quien expone: “Yo me he sentido durante la ejecución de la medida muy bien, he aprendido muchas cosas a ser constante a tomar decisiones por mi propia cuenta, a ser responsable, con respecto al equipo técnico del centro todos me han tratado muy bien y he aprendido mucho de ellos. En estos momentos me encuentro haciendo un curso de orfebrería en el Centro Cultural de la Cañada, tuve que parar los estudios porque se presento un problema con los coordinadores de la Misión Rivas, por eso no volví, pero me volví a inscribir y comienzo el 20/08/06. Yo trabajo por mi propia cuenta, de hecho participe en el bazar navideño el año pasado en parque central, yo hago esculturas en cemento, pulseras y cosas de artesanías y pintura al óleo. El Bazar en el que participe fue organizado por el INAM, la verdad que todo me salió bien Gracias a Dios. Es Todo”. Inmediatamente se le concede el derecho de palabra a la LIC. TRAVIS MARCANO delegada adscrita a la Entidad de Atención Integral Ambulatoria al Adolescente no Privado de Libertad, quien expone:”Edinson es un Joven de veinte (20) años de edad, que durante la ejecución de la medida impuesta ha cumplido a cabalidad con las metas fijadas en el Plan de Acción en todas sus áreas asignadas, en cuanto a la meta en el área educativa, él se encontraba estudiando en la Misión Rivas en Propatria y debido a la poca afluencia de personas inscritas pasan las clases de Lunes a Viernes en la noche, no pudiendo asistir a sus clases, ahora las pasaron a los fines de semana, comenzando sus estudios a partir del 20-08-06. En cuanto al curso de capacitación, él mismo realizo la de pintura al óleo, siendo de los tres jóvenes que se encontraban haciendo el curso el mas destacado de los tres en el Bazar Navideño, actualmente fue inscrito en la Misión Vuelvan Caras en el curso de orfebrería, se esta haciendo hasta una cooperativa, incluso a él se le esta gestionando un empleo por ser uno de los mas trabajadores, yo me siento muy orgullosa de Edinson, ha asimilado la medida al cien por ciento, ha fortalecido las debilidades que tenía, es un Joven muy receptivo y le he dicho que continué siendo así para su crecimiento personal lo cesen o no, con sus citas siempre fue puntual, y asistió a todos los talleres que se le convocaban. Es Todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Fiscal (A) del Ministerio Público, Dra. NELLY BUENO, quien expone:”El Ministerio Público no hace oposición al cese de la medida que venía cumpliendo de Libertad Asistida por cuanto el mismo cumplió con las metas establecidas por el equipo técnico y haciendo uso de las atribuciones que me confiere el artículo 650, literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y en consecuencia se levante todas las medidas restrictivas relacionadas con su libertad decretada por el Tribunal en su oportunidad. Es Todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la ciudadana Defensora Pública, Dra. LEANNY BELLERA, quien expone: “Oída la exposición de la ciudadana Fiscal del Ministerio Público, así como a la delegada, manifiesta la defensa que por cuanto ha transcurrido el lapso de tiempo establecido para el cumplimiento de de Libertad Asistida, solicito le sea acordada el cese de la medida y la libertad plena de la misma. Es Todo”. Visto los alegatos de las partes, este Tribunal Cuarto de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la ley, en sus artículos 646 y 647 pasa a hacer el siguiente pronunciamiento PRIMERO: Visto la solicitud hechas por las partes, visto que el joven (IDENTIDAD OMITIDA) dio cumplimiento a la medida de Libertad Asistida, visto el informe evolutivo que corre a los autos, de los cuales se evidencia la evolución del adolescente en cuanto a las metas fijadas en su Plan de Acción, aunado al hecho de que el mismo fue consecuente con sus citas ante la Entidad, por último visto que dio cumplimiento a la medida por el tiempo establecido en la sentencia, es por lo que de conformidad a lo señalado en los artículos 645 y 647 literal “h” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda el cese de la medida de Libertad Asistida y en consecuencia la libertad plena del joven. SEGUNDO: Líbrese el correspondiente Decreto de Cesación. Quedan notificadas las partes de conformidad con el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. No siendo otro el motivo de la Audiencia se declaró cerrada, siendo las once y treinta (11:30) horas de la mañana del día de hoy, martes primero (01) de Agosto del año dos mil seis (2006). Terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA





DRA. LIZBETH KARIM LÜDERT SOTO
JUEZ CUARTO DE EJECUCIÓN
SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE



LA FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO (A)



DRA. NELLY BUENO