ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2006-000205
PARTE ACTORA: RAMON ANTONIO RENGIFO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PEREZ ALEXANDER, WERNER REYES., MARCIAL VARGAS.
PARTE DEMANDADA: CARLOS FERNANDEZ, DOMINGO DA SILVA, INVERSIONES LAS PALAS, C.A. y TASCA RESTAURANT LA VINATERIA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS EDUARDO FLORES BLANCO y CARLOS FLORES GOMEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy,8 de Agosto de 2006, siendo las 3:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos WERNER REYES, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 82.929, por una parte y por la otra, CARLOS FLORES GOMEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 11.088, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
A los fines de dar por terminado el presente juicio las partes han acordado el pago por parte de la demandada a la parte actora de la cantidad de TRECE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 13.000.000,00), cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos demandados en el escrito libelar, por lo que el actor no le queda nada mas que reclamar por estos ni por ningún otro concepto derivados de la relación de trabajo. Dicho monto será cancelado de la siguiente manera: La cantidad de un millón de bolívares (Bs. 1.000.000,00) el día 11 de agosto de 2006; la cantidad de cinco millones de bolívares (Bs. 5.000.000,00) el día 18 de agosto de 2006; la cantidad de siete millones de bolívares (Bs. 7.000.000,00) el día 22 de septiembre de 2006. Ambas partes se comprometen a consignar copia de los cheques pagados en el expediente a los efectos de dar constancia del cumplimiento.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Juez
El Secretario
Abog. Katiuska Villalba Sira
Abog. Dioni Morales Nuñez
Los Presentes
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