REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de Agosto de 2006
Sala de Juicio III
195º y 147º
ASUNTO: AP51-V-2006-008237
Vista la diligencia que antecede presentada por el abogado ARMANDO BENSHINMOL JAIME, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 8145, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano RAFAEL ENRIQUE ALFONZO SOTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nos. V-5.967.785, donde manifiesta que desiste expresamente del presente Juicio de Divorcio Contencioso, esta Sala de Juicio No. III, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 256 y 263 del Código de Procedimiento Civil, Homologa dicho desistimiento y le da carácter de cosa juzgada, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 eiusden, expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a las partes interesadas a los fines legales consiguientes. Asimismo se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase.-
La Juez de Sala
Dra. Sonia Sergent de Ruades
El Secretario
Abg. Willian Páez.
AP51-V-2006-008237
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