REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 11 de agosto de 2006
Años 196º y 147º
Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana NANCY VIOLETA OCHOA DE MORGADO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula Identidad N° 6.177.521, debidamente asistida por la abogada CARMEN AIDE RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.074.740, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 83.691, mediante la cual solicita la Rectificación del Acta de Defunción, de su fallecido cónyuge ORLANDO JESUS MORGADO PEREZ, quien era portador de la Cédula de Identidad N° 4.818.811 que corre inserta bajo el N° 45, año 2005 del Libro de Registro Civil de Defunciones llevado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macario Municipio Libertador del Distrito Capital; alegando que en dicha acta se cometió el error involuntario de incluir como hijo del finado al ciudadano HECTOR, quien es su hijo pero no del fallecido; asimismo expuso que identificaron a la ciudadana YUSMARI, siendo la forma correcta YUSMIRI, quien es hija del finado.
Para los efectos probatorios acompañó a la presente solicitud, partida de nacimiento N° 1978 expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital) a nombre del ciudadano HECTOR JOSE VETANCOURT OCHOA; acta de defunción del ciudadano ORLANDO JESUS MORGADO PEREZ; partida de nacimiento N° 249 expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Capital) a nombre de la ciudadana YUSMIRI MISOSI MORGADO OCHOA, partidas de nacimiento Nros 941, 2554, 3573, 1455, 1649, 165, expedidas por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Capital) a nombres de los ciudadanos MARILIN HOANNA, MARIA MILAGROS, HARRY JESUS, JONATHAN JESUS, ANGEL JESUS y ORLANDO JESUS MORGADO OCHOA; acta de matrimonio N° 559, expedida por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre Municipio Libertador del Distrito Federal (hoy Capital) a nombre de la solicitante y del finado; y fotocopia de la Cédula de Identidad del ciudadano HECTOR JOSE VETANCOURT OCHOA. Probado como ha sido lo alegado y visto el señalado error que no amerita la tramitación de un juicio ordinario de rectificación; se procede a tramitarlo sumariamente, en tal sentido, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA la Rectificación del acta de Defunción del ciudadano ORLANDO JESUS MORGADO PEREZ consignada al efecto. En consecuencia, donde dice: “deja ocho hijos de nombres ORLANDO, EL EXPONENTE, HECTOR JONATHAN, HARRY, MARIA, MARILIN, mayores de edad y YUSMARI menor de edad”, debe decir: “deja siete (07) hijos de nombres ORLANDO, EL EXPONENTE, JONATHAN, HARRY, MARIA, MARILIN, mayores de edad y YUSMIRI, menor de edad”; quedando así rectificada el ACTA DE DEFUNCIÓN señalada supra. En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto al Registro Principal del Municipio Libertador del Distrito Capital, así como a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macario del Municipio Libertador del Distrito Capital, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil. Elabórense las copias certificadas acordadas, a tenor de lo que establece el artículo 112 ibidem, una vez consten en autos los fotostatos requeridos para su elaboración. Líbrense Oficios. Cúmplase.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA,
Dra. MARIA ROSA MARTÍNEZ CATALÁN
NORKA COBIS RAMÍREZ
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