ASUNTO PRINCIPAL : JJ01-S-2001-000032
ASUNTO : JJ01-S-2001-000032


Vista la sentencia de sobreseimiento dictada en fecha 23 de febrero del año 2005, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en esta ciudad de San Juan de los Morros, cursante del folio 112 al 114 de la presente pieza jurídica, este juzgado en consecuencia, pasa de seguidas a proveer sobre la ejecución de la misma, a tal efecto, se declara lo siguiente:

Definitivamente firme como ha quedado la precitada SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO dictada en fecha 23-02-2005, cursante del folio 112 al 114 de la presente pieza jurídica, por el Tribunal Tercero (3°) de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y sede, este juzgado decreta su inmediata ejecución, a tal efecto, se declara asimismo concluido y finiquitado este proceso penal; en ese sentido y en consecuencia de lo antes expuesto, se ordena:

1) Oficiar a la oficina respectiva de la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (SIIPOL), con sede en Caracas, Distrito Capital, a los fines de que sea excluido del sistema computarizado, el ciudadano: VICTOR JULIO CAMARGO AGUILAR, plenamente identificado en autos.
2) Por ultimo, una vez efectuada la anterior diligencia, se acuerda la remisión de las presentes actuaciones, en su oportunidad legal correspondiente al Archivo Central de esta ciudad, a los fines de su guarda y custodia, como pieza concluida.

Ofíciese lo conducente.

Diarícese y anótese en los libros respectivos. Déjese copia de la presente resolución. Cúmplase.

LA JUEZ,

DRA. BEATRIZ JOSEFINA RUIZ MARÍN
EL SECRETARIO,

Abg. NEIL LINARES