REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Nº 2
Caracas, 21 de diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO : AP51-V-2005-007010
Vistas las actas que conforman el presente expediente y la solicitud hecha por la Entidad de atención “OBRAS SOCIAL DE LA MADRE Y EL NIÑO”, fecha 05 de diciembre de 2006 y en atención a la entrevista realizadas en fecha 19 de diciembre de 2006, con la ciudadana (...) , titular de la cédula de identidad Nro. (...), madre de la adolescente (...), de dieciséis (16) años de edad, titular de la cédula de identidad No. (...) y abuela del niño (...), de un (1) año de edad. Esta Sala de Juicio atendiendo al principio rector de la Doctrina de la Protección Integral como lo es el del Interés Superior de los niños, a su derecho a la recreación y esparcimiento, a su derecho al libre transito y muy especialmente por cuanto se evidencia su necesidad de compartir con una familia, esta Sala de Juicio autoriza suficientemente a la ciudadana (...), titular de la cédula de identidad Nro. (...), para que retire de la Entidad de Atención, “OBRA SOCIAL DE LA MADRE Y EL NIÑO”, desde el día 23 de diciembre del corriente año, a su hija y nieto: la adolescente (...), y al niño (...), respectivamente identificados, quienes deberán regresar a esa misma entidad en fecha 29 de diciembre del corriente año. Líbrese copia certificada del presente auto y entréguese a la parte interesada. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. FANNY PLAZA MARTÍNEZ
EL SECRETARIO
ABG. CARLOS ANDRES FONSECA
FPM/CAF/
AP51-S-2005-7010
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