REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Juez Unipersonal. Sala de Juicio Nº 3
Caracas, 19 de Diciembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-017801

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de CURADOR AD-HOC de la adolescente WWWWWWWWWWWWWWW de catorce (14) años de edad, manifestada por la ciudadana ROSANGEL PEGUERO MORALES , de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.- 13.968.692, donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, esta Sala de Juicio N°3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD-HOC de la adolescente WWWWWWWWWWWWW a la ciudadana ROSANGEL PEGUERO MORALES, previamente identificada, con todas las consecuencias legales. Expídanse las copias certificadas que sean necesarias, para lo cual esta Sala de Juicio queda en espera de la consignación de los fotostatos requeridos.
La Juez,

El Secretario,
Dra. Sonia Sergent de Ruades.

Abg. Willian A. Paez J.-

AP51-S-2006-017801