REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de Diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-S-2006-022870

Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de CURADOR AD-HOC de la niña WWWWWWWWWW de diez (10) años de edad, manifestada por la ciudadana PATRICIA RAMONA MACHADO PAZ , de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V.- 7.887.417, donde se compromete a cumplirlo bien y fielmente. En consecuencia, esta Sala de Juicio N°3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de CURADOR AD-HOC de la niña WWWWWWWWWW a la ciudadana PATRICIA RAMONA MACHADO PAZ, previamente identificada, con todas las consecuencias legales. Expídanse las copias certificadas que sean necesarias, para lo cual esta Sala de Juicio queda en espera de la consignación de los fotostatos requeridos.
La Juez,

El Secretario,
Dra. Sonia Sergent de Ruades.

Abg. Willian A. Paez J.-
AP51-S-2006-022870