REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sala de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 05 de diciembre de 2006
196º y 147º

ASUNTO: AP51-V-2006-020916
Visto que el ciudadano MARCOS AURELIO GOMEZ SARABIA, parte actora del presente asunto, no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala de Juicio mediante auto de fecha 23 de noviembre de 2006, según el cual debía corregir el libelo de demanda según lo establecido en el artículo 459 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, esta Sala de Juicio declara EXTINGUIDA la presente demanda de Divorcio incoada por el prenombrado ciudadano en contra de la ciudadana MARÍA ELENA PAILLALEF, de conformidad con lo establecido en el artículo 354 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SEDECIDE.-
LA JUEZ,


DRA. SONIA SERGENT DE RUADES.
EL SECRETARIO,


ABG. WILLIAN A. PAEZ J.-

AP51-V-2006-020916