REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, catorce de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-S-2006-021031
Vista las anteriores actuaciones promovidas y evacuadas como fueron las declaraciones de los testigos, ciudadanos ROSSIRI DEL CARMEN GUEDES ARRIETA y ALVARO LOPEZ MONTAÑA, plenamente identificados y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, esta Sala de Juicio VIII, de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de la ciudadana ANGELA DEL CARMEN SANTELIZ, titular de la cedula de identidad 10.500.950, y el adolescente ----------, debidamente representado por su progenitora, quiénes son los beneficiarios del de cujus ciudadano CESAR ROSALES NUÑEZ. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Cúmplase.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
GREYMA ONTIVEROS M.