REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA OCTAVO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal VIII.
Caracas, dieciocho de diciembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO : AP51-V-2006-017555
Vista la anterior diligencia, suscrita por el ciudadano , venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 9.632.369, debidamente asistido por la abogada VASYURY VILMA VASQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 66.855, mediante la cual desiste del presente procedimiento, esta Juez Unipersonal VIII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho desistimiento, le imparte su aprobación y lo da por consumado, en los mismos términos en que fue suscrito. En consecuencia, se ordena el cierre y archivo del presente expediente; así como expedir las copias certificadas que soliciten las partes, una vez hayan sido consignados los correspondientes fotostatos.
LA JUEZ
DRA. SAHITI VIDAL DE GUZMAN
LA SECRETARIA
GREYMA ONTIVEROS M