REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
SALA DÉCIMO TERCERO DE JUICIO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA DE JUICIO. JUEZA UNIPERSONAL N° 13.

Caracas, 18 de diciembre de 2006.
196º y 147º
ASUNTO: AP51-S-2006-021877

Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente y visto que se han cumplido con todo lo requerido en la presente solicitud es por lo que esta Sala de Juicio a cargo de la Jueza Unipersonal N° XIII, del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicios de terceros de igual o mejor derecho de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano DOUGLAS JESUS PIÑATE, quien en vida era titular de la cedula de identidad N° V-10.111.648, a su viuda ciudadana KARINA DEL VALLE LEANDRO MACHADO y a sus hijos, el adolescente, SE OMITE LA IDENTIFICACION. Remítase mediante oficio la totalidad de las presentes actuaciones a los fines de que sea entregada a la parte interesada, y déjese copia certificada del mismo. Cúmplase.-
La Jueza Provisoria,

Abg. Jaizquibell Quintero Aranguren
La Secretaria
Abg. Dayana Fernández

Exp. Nº: AP51-S-2006-021877/TUUH.
JQ/DF/Kristian Castellanos