República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, dieciocho (18) de Diciembre de Dos Mil Seis (2006)
Años: 196º y 147º

Vista la solicitud de Título Supletorio que encabeza las presentes actuaciones, así como la justificación promovida y evacuada al efecto, quedando salvo a derechos de terceros este Tribunal, declara Título Supletorio suficiente de propiedad a favor de los ciudadanos Omaira Higinia Jaspe Madriz, Maria del Carmen Jaspe Madriz y Serrano Jaspe Jean Pierre de la Cruz, Venezolanos, Mayores de Edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad N° V-4.249.674, V-4.268.791 y V-10.010.934, respectivamente, sobre una bienhechurías que se encuentran en un terreno ubicado En un fundo denominado “Sabana de Catia”, en Jurisdicción del la Parroquia Sucre del Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Distrito Capital, caracas, calle los cedros, Casa N° 4-A, Urbanización Ruperto Lugo, Parroquia Sucre, Municipio Libertador), con un área de ciento veinte y ocho metros cuadrados con trece centímetros cuadrados (128,13 Mts.2) y cuyos linderos y medidas son: Norte: En una Longitud de veinte metros con cincuenta centímetros (20,50 Mts.), con terrenos ocupado por Juana Lucero; Sur: en una longitud de veinte metros con cincuenta centímetros (20,50 Mts.) con terrenos ocupados por Pablo Torres; Este: En una longitud de seis metros con veinte centímetros (6,20 Mts.) con el callejón San Román y Oeste: En una Longitud de seis metros con treinta centímetros Mts.), su fachada con el callejón Los Cedros N° 4-A. la cual tiene la siguientes características: consta de tres (03) planta o Niveles: la Primera Planta o Nivel: esta formada por tres (03) Dormitorios, un baño, una cocina, un comedor, una sala de recibo y un patio interior. La Segunda planta o nivel: tres (03) dormitorios, un baño, una cocina, un comedor, una sala de recibo y un patio interior, cuya identificación del inmueble se encuentra delimitada por las siguientes Medidas y Linderos: Norte: en diecinueve metros con treinta centímetros (19,30 Mts.9 con terrenos ocupados por la señora Juana Lucero; Sur: en veinte metros con tres centímetros (20,03 Mts.) con terrenos ocupados por la señora Maria Silva y el señor Pablo Torres: Este: que es su fondo en cuatro metros con sesenta centímetros (4,60 Mts.) con el Callejón San Miguel y por el Oeste: que su frente, en seis metros con veinte y ocho centímetros (6,28 Mts.) con la calle Los Cedros y la tercera Planta o Nivel: constituida por una vivienda de habitación, con un área de construcción de noventa y un metros cuadrados con doce centímetros (91,12 Mts.2) y distribuida de la siguiente manera cuatro (04) habitaciones, una cocina, sala de estar, un pasillo, la cual posee su acceso o entrada independiente, pisos de cerámicas en la cocina y los baños. El techo esta construido por un placa de concreto armado de aproximadamente quince (15) centímetros de espesor, paredes frisadas y pintadas, cuatro (04) ventanas de hierro, puerta de madera. Devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y certificación que deberá quedar en el Archivo. Elabórese la copia certificada mediante el procedimiento de fotostatos establecido en los artículos 111 y 112, ambos del Código de Procedimiento Civil, la cual deberá ser suscrita en todas y cada una de sus partes tanto por la Secretaria como por el Funcionario adscrito a este Despacho, ciudadano John Ferrer.- Cúmplase.-
El Juez Titular,

Dr. Carlos Spartalian Duarte.
La Secretaria Acc.,

Maria Elena Rondón.
En esta misma fecha, se hizo entrega del presente expediente, dejándose copia del mismo en el archivo de este Juzgado.-
La Secretaria Acc.,

Maria Elena Rondón

CSD/Mer/yamileth
Exp. Nª S-06-1213