ASUNTO PRINCIPAL: JP01-P-2006-002259
ASUNTO : JP01-P-2006-002259



Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 27-10-2006, por el Tribunal Quinto (5°) de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, cursante del folio 156 al 160 de la presente pieza jurídica, mediante la cual, se dejó sentado de manera textual, lo que a continuación sigue:

“Se desestima la acusación por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas con la agravante prevista en el artículo 46 ordinal 5º ejusdem en contra de la ciudadana Carmen Benigna Moreno de López, de conformidad con lo establecido en los artículos 28 numeral 4 y 33 del Código Orgánico Procesal Penal y como efecto se Sobresee su causa.”. (Letras Cursivas nuestras)

Este tribunal al respecto, observa que, al haberse SOBRESEIDO el presente asunto jurídico, a favor de la ciudadana CARMEN BENIGNA MORENO DE LÓPEZ, y al haber quedado definitivamente firme, como ya se dijo antes, según se desprende autos, ordena su inmediata ejecución, a tal efecto se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a los fines de que sea excluida dicha ciudadana del sistema de registros policiales computarizados (SIIPOL).

Así mismo, este tribunal DECLARA: por concluido y finiquitado el presente proceso penal seguido a la ciudadana CARMEN BENIGNA MORENO DE LÓPEZ, y en ese sentido, se deberá ordenar en su oportunidad legal correspondiente, la remisión de las presentes actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal, a objeto de que este ente a su vez, ordene posteriormente su remisión al Registro Principal, como pieza concluida, para su archivo, guarda y custodia. Ofíciese lo conducente al ente respectivo antes mencionado y notifíquese a la precitada ciudadana de esta resolución. Cúmplase.-
La Juez,

DRA. BEATRIZ JOSEFINA RUIZ MARÍN
La Secretaria,

ABG. MILAGROS LADERA