REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO. CALABOZO. SOLICITUD N° 7849-06.-



La Ciudadana: YIRBER JACKELINE SOLANO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 13.251.503 y domiciliada en esta ciudad de Calabozo, Estado Guárico, debidamente asistida por la abogada en ejercicio ANDRÉS RAMÓN PANTOJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.200 y domiciliado en esta ciudad de Calabozo, Estado Guárico, actuando en su propio nombre y en representación de los Ciudadanos ALIX YAMILET SOLANO CONTRERAS, LAURA ROSA SOLANO DE RODRÍGUEZ, JOSÉ MIGUEL CAMARGO CONTRERAS, YEINMILI CAMARGO CONTRERAS, YELIX MARGARET CAMARGO CONTRERAS, JUANA CAMARGO CONTRERAS, solicita a este Tribunal se les declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara CARMEN ENCARNACIÓN CONTRERAS.-

La solicitante acompañó a su escrito Acta de Defunción de quien en vida se llamara, CARMEN ENCARNACIÓN CONTRERAS, expedida por el Registro Civil del Municipio JUAN GERMÁN ROSCIO de San Juan de los Morros del Estado Guárico, donde consta que falleció en fecha 09 de Marzo de 2006.-

También acompañó a la solicitud copias certificadas de Actas de Nacimiento, expedidas por la Oficina Civil de Registro Público del Distrito Capital, Registro Civil de la Parroquia San Juan, Departamento Libertador Distrito Federal, Prefectura del Municipio Libertador Jefatura Civil de Antimano, Prefectura de Caracas y Jefatura Civil de Macarao, Municipio Libertador del Distrito Federal Caracas.-

Admitida la solicitud en fecha 17 de Octubre de 2006 se ordenó librar Cartel de Emplazamiento convocando a todas aquellas personas que tuviesen interés en el asunto, para que comparecieran ante este Tribunal el Décimo día de despacho siguiente a la consignación que se hiciera en el expediente de la publicación de dicho Cartel a exponer lo que a bien tuvieran en relación a lo solicitado. Se fijó el Tercer (3er.) día de despacho siguiente para que la solicitante presente los testigos y respondan al interrogatorio que les será formulado a VIVA VOZ.-

A los folios Dieciséis (16) y Diecisiete (17) aparecen las declaraciones de los testigos, JESÚS ALBERTO LADERA E IRMA MARÍA HIDALGO DE RIVAS, quienes son venezolanas, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.795.067 y V- 4.346.740 respectivamente y de este domicilio, quienes afirmaron: Que los conocen de vista, trato y comunicación desde hace muchos años y que también conocieron a la hoy fallecida MARCELINA ENCARNACIÓN CONTRERAS.- Que les consta que son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de quien en vida se llamara MARCELINA ENCARNACIÓN CONTRERAS.- Que dan razón fundas de sus dichos por conocerlos a todos desde hace muchos años.

Al folio Diecisiete (17) aparece la consignación de la publicación del Cartel ordenado.-

Vencido el lapso de emplazamiento sin que persona alguna haya comparecido, el Tribunal pasa a resolver la solicitud en los términos siguientes:

Del contenido de la solicitud, de los mencionados elementos probatorios, aparece que la misma es procedente en derecho y así se declara, tal como se expondrá en la parte dispositiva del presente fallo.-