REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN. EXTENSIÓN VALLE DE LA PASCUA.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución-Valle de la Pascua
Valle De La Pascua, 11 de Enero de 2006
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : JK21-P-2003-000012
ASUNTO : JK21-P-2003-000012
PENADO: MORENO JOSE DE JESUS.-
MOTIVO: SOLICITUD DE FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA.
DECISION: SE NEGO EL OTORGAMIENTO DE LA MEDIDA DE REGIMEN ABIERTO.
Vista la solicitud formulada por el Fiscal Noveno de Ejecución d la Sentencia del Ministerio Público de la Circunscripción del Estado Guárico, cursante esta al folio ( ) de la pieza Nº 05 del presente asunto, de que se le otorgue el beneficio de Régimen Abierto a su hijo MORENO JOSE DE JESUS, beneficio este al cual supuestamente opta el mencionado penado, este tribunal luego de la revisión exhaustiva del presente asunto pasa a emitir el pronunciamiento a que hubiere lugar y, al efecto observa:
Riela al folio (186) al (190) de la pieza Nº 04, computo ejecutorio de la pena correspondiente al penado, del cual se desprende que el mismo opta al beneficio de Régimen Abierto a partir de fecha 21-06-2005 a las 11:00 p.m, para el cual le fueron solicitados los recaudos correspondientes según la ley, establecidos estos en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal penal.
Observando el tribunal al examinar el informe técnico a que se contrae el ordinal 3° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal citado , elaborado por los Delegados de Prueba Lic. María Gabriela Veliz, Lic. Yuoarary Carrizales, en el que dejan constancia de la síntesis biográfica del penado, la estructura familiar, su desarrollo vital a través de las diferentes edades, su vida escolar y laboral; sobre la conducta asumida durante el tiempo de su reclusión; sobre la posibilidad de apoyo familiar y comunitario y en especial el resumen sobre el perfil psicológico en el que dejan constancia, entre otras cosas, que: a través de la exploración se observó que tiene capacidad para tolerar frustraciones y aprender de la experiencias; así mismo, es emprendedor y busca la superación y la estabilidad; no obstante, todos los elementos señalados se ven vulnerados con el uso de tóxicos, pudiendo incurrir en irregularidades para lo cual necesita atención especializada, dando como conclusión diagnóstica sobre la base del estudio psicosocial realizado opinión DESFAVORABLE al otorgamiento de la medida solicitada , cuyo informe psicosocial requerido y ordenado practicar al penado por encontrarse taxativamente establecido en el ordinal 3° del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, conllevan a este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución en uso de la facultades conferidas en el Código Orgánico Procesal Penal, a NEGAR al penado MORENO JOSE DE JESUS, el beneficio de régimen abierto solicitado . Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico , Extensión Valle de la pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley : DECIDE: Se NIEGA al penado MORENO JOSE DE JESUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.443.273, actualmente recluido en el Internado Judicial con sede en San Juan de los Morros, EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a que se contrae el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal , al no encontrarse llenos los extremos del ordinal 3° de la referida norma adjetiva penal.
Diarícese. Publíquese. Déjese Copia para el archivo del tribunal. Notifíquese al penado, a su defensor y a la solicitante.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
ABG. INES MAGGIRA FIGUEROA DE RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. HIYAN MARI ABOU
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado en el auto anterior. Conste.
LA SECRETARIA.
IMFdR/kf