En horas de Despacho del día de hoy, 16 de Enero del 2006, siendo las 09:30 horas de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Juan German Roscio, Ortiz y Julian Mellado de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en compañía del ABG. CARLOS EDUARDO TORO VALERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 78.820, en representación de la parte demandante “Mueblería La Rápida C.A.” a los fínes de proceder con la práctica de la Medida Innominada contra la Alcaldía del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, constituido el Tribunal en presencia del Alcalde Alberto Spartalian C. I. N° 2.522.117, y encontrándose presente el Sindico Procurador Municipal, ciudadano Abogado Arquímedes Alfredo Solano Ainagas, C. I. N° 9.888.062, en este estado se le da el derecho de palabra al abogado ejecutante, quien expone: “Solicito al Tribunal se sirva notificar al ciudadano Alcalde del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico y al Sindico Procurador ambos presentes, en los términos que señala la comisión emanada del Tribunal de la causa. En este estado el Tribunal Ejecutor de Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley procede a notificar al ciudadano Alcalde y al Sindico Procurador Municipal del Municipio Juan German Roscio del Estado Guárico, la inclusión del presupuesto del año 2006, de lo condenado en la sentencia del Juzgado Superior, Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y del Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, de fecha 17 de Junio del 2002, de la cual se le hace entrega con copia certificada, es todo” Seguidamente se le da el derecho de palabra al abogado ARQUIMEDES SOLANO AINAGAS, Sindico Procurador, quien asiste al ciudadano ALBERTO SPARTALIAN, y expone: “Me reservo el derecho de actuar por cuanto formé parte de dicha demanda, al inicio de la misma como abogado, no obstante el ciudadano alcalde da por recibida la notificación de dicho expediente y me reservo el derecho de revisar dicho caso, es todo” Terminó. Se leyó y conforme firman. LA JUEZ (fdo Ilegible) ABG. IVONNE BELISARIO TOVAR; EL ABG EJECUTANTE (Fdo Ilegible) ABG. CARLOS EDUARDO TORO VALERA; LOS NOTIFICADOS, EL SINDICO PROCURADOR (Fdo Ilegible) ARQ ARQUIMEDES SOLANO, EL ALCALDE (Fdo Ilegible) ALBERTO SPARTALIAN Y LA SECRETARIA (fdo Ilegible) MARITZA MORENO.-