REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
DECISION N° 13
VICTIMA: ASAMBLEA LEGISLATIVA DEL ESTADO GUARICO
MOTIVO: INHIBICIÓN DEL JUEZ SEGUNDO DE CONTROL SEDE SAN JUAN DE LOS MORROS, ABG. DORELIS VELASQUEZ.
PONENTE: RAFAEL GONZALEZ ARIAS
Corresponde a esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, conocer y decidir la inhibición formulada por el Juez segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Abg. Dorelis Velásquez, para separase del conocimiento de la causa N° JP01-P-2005-5325, por cuanto su cónyuge el Abg. Carlos Borges, fue testigo de la investigación que tuvo lugar en el año 1995.
A los folios 04 05 y 06, cursa copia certifica de la declaración rendida por el ciudadano Carlos Enrique Borges en el proceso penal de cuyo conocimiento se inhibe la indicada juez.
Es cierto que la especial posición asumida por su cónyuge en el proceso penal en cuestión puede afectar la imparcialidad de la juzgadora, en consecuencia se declara con lugar la presente inhibición, de conformidad con el artículo 86° ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por el Juez segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Abg. Dorelis Velásquez, para separase del conocimiento de la causa N° JP01-P-2005-5325, por cuanto su cónyuge el Abg. Carlos Borges, fue testigo de la investigación que tuvo lugar en el año 1995. Todo de conformidad con el artículo 86 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal. Publíquese. Déjese copia certificada.
EL JUEZ PRESIDENTE (PONENTE)
RAFAEL GONZALEZ ARIAS
LA JUEZ
FATIMA CARIDAD DACOSTA
El JUEZ
MIGUEL ANGEL CASSERES GONZÁLEZ
LA SECRETARIA
ESMERALDA RAMIREZ
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA
ESMERALDA RAMIREZ
ASUNTO: JJ01-X-2006-000005